En la página 22, en el artículo 33, párrafo primero:
donde dice:
«El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.»,
debe decir:
«El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.».
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