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Documento DOUE-Z-2003-70004

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 22 de mayo de 2003 en el asunto C-393/01: República Francesa contra Comisión de las Comunidades Europeas ("Agricultura - Policía sanitaria - Medidas de emergencia contra la encefalopatía espongiforme bovina - Enfermedad denominada "de las vacas locas" - Decisión de levantar el embargo sobre los productos bovinos procedentes de Portugal").

Publicado en:
«DOUE» núm. 171, de 19 de julio de 2003, páginas 7 a 7 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2003-70004

TEXTO ORIGINAL

En el asunto C-393/01, República Francesa (agentes: Sres. R. Abraham y G. de Bergues y Sra. R. Loosli-Surrans. y posteriormente por ésta última y los Sres. G. de Bergues y F. Alabrune) contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. D. Boog y G. Berscheid) apoyada por República Portuguesa (agente: Sr. L. Femandes) , Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, (agente: Sr. J. E. Collins) que tiene por objeto que se anule la Decisión 2001/577/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2001, por la que se fija la fecha en la que, de conformidad con el apartado 2 del artículo 22 de la Decisión 2001/376/CE, puede iniciarse la expedición desde Portugal de productos bovinos con arreglo al régimen de exportación basado en la fecha (DO L 203. p. 27), el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por los Sres. M. Wathelet. Presidente de Sala, y C. W. A. Timmermans, A. La Pergola. S. von Bahr y A. Rosas (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. J. Mischo; Secretaria: Sra. L. Hewlett. administradora principal, ha dictado el 22 de mayo de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1) Anular la Decisión 2001/577/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2001, por la que se fija la fecha en la que, de conformidad con el apartado 2 del artículo 22 de la Decisión 2001/376/CE, puede iniciarse la expedición desde Portugal de productos bovinos con arreglo al régimen de exportación basado en la fecha.

2) Condenar en costas a la Comisión.

3) La República Portuguesa y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte soportarán sus propias costas.

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DO C 348 de 8.12.2001

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 22/05/2003
  • Fecha de publicación: 19/07/2003
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad de la Decisión 2001/577, de 25 de julio (Ref. DOUE-L-2001-81859).
Materias
  • Alimentos para animales
  • Animales
  • Enfermedad animal
  • Exportaciones
  • Ganado vacuno
  • Portugal
  • Productos animales
  • Sanidad veterinaria

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