Está Vd. en

Documento BOE-A-1983-25611

Resolución de 14 de septiembre de 1983, de la Dirección General de Acción Social, por la que se convocan dotaciones económicas para contribuir a la financiación de programas de acción social.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 1983, páginas 26149 a 26151 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1983-25611
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1983/09/14/(2)

TEXTO ORIGINAL

Aprobados los créditos de acción social en los presupuestos generales del Estado para 1983, por Ley 9/1983, de 13 de julio, esta Dirección General ha tenido a bien disponer la convocatoria de dotaciones para programas estatales o internacionales de acción social.

La solicitud, tramitación, resolución y pago se regularán por las disposiciones de general aplicación y por lo que específicamente se establece en la presente Resolución.

Si los programas cuya financiación se pretende sirviesen para generar ingresos éstos se reinvertirán en las mismas áreas de actuación contempladas en el programa, salvo que por convenio-programa se especifique otra utilización.

1. Solicitantes.

Podrán solicitar las dotaciones, las Asociaciones reconocidas oficialmente en España, que realizan programas de acción social de ámbito estatal, así como instituciones de ámbito estatal sin fin de lucro, del mismo carácter que trabajen en las áreas de los Servicios Sociales generales o comunitarios especializados o sectoriales y en Servicios Sociales de acción internacional.

2. Actividades a financiar.

Actividades de ámbito estatal previamente concertadas mediante convenio-programa con la Dirección General de Acción Social. Podrá presentarse solicitud que desarrollo, entre otros, los siguientes tipos de programas:

2.1 Mantenimiento de Servicios y Centros de dichas Asociaciones o Instituciones considerados pilotos por su especialización o colectivos protegidos.

2.2 Mantenimiento de las propias Asociaciones e Instituciones que programen actividades en el campo de la Acción Social.

2.3 Programa de información y asesoramiento en materia de recursos sociales.

2.4 Actuaciones de desarrollo comunitario Interterritorial.

2.5 Programas y actuaciones orientados a la prevención de la marginación y reinserción social.

2.6 Programas y acciones de cooperación con otros países, en materia de Servicios Sociales.

2.7 Campañas de sensibilización de la población en relación con las áreas de actuación de la Acción Social a través de medios de comunicación.

2.8 Campañas destinadas a la promoción del voluntariado social.

2.9 Programas de formación y asistencia técnica en Servicios Sociales.

2.10 Programas de investigación, estudios y publicaciones sobre Acción Social.

3. Documentos a presentar.

3.1 Instancia conforme al modelo que se adjunta como anexo I a la presente Resolución, suscrita por quien tenga la representación de la Institución o poder suficiente para ello. Habrá de acreditarse fehacientemente en documento separado la representación o poder.

La instancia será facilitada por las Direcciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social y Dirección General de Acción Social.

3.2 Memoria en la que consta.

- Origen y finalidad de la Institución solicitante.

- Servicios y actividades que habitualmente presta y desarrolla.

- Medios materiales y fuentes de financiación con que cuenta la Institución o Asociación.

3.3 Copia autentificada de los Estatutos, en los que ha de constar explícitamente la inexistencia del ánimo de lucro en la gestión de la Institución.

3.4 Documento acreditativo del número de Registro de Asociaciones, en el caso de tratarse de una entidad de este tipo.

3.5 Fotocopia de la tarjeta de Identificación fiscal.

3.6 Organigrama y relación de la plantilla del personal (enumeración de puestos de trabajo).

3.7 Documentación acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente en el pago de impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social del personal contratado laboral.

3.8 Documentación acreditativa de los incrementos salariales acordados en el último año a los trabajadores contratados de dicha entidad.

3.9 Relación de personas que, con carácter fijo, llevarán a cabo el proyecto, indicando, en su caso, titulación de la misma y experiencia.

3.10 Programa y objetivos de las actividades que se pretenden realizar.

3.11 Presupuesto desglosado por partidas de los gestos provistos para la realización del proyecto, así como de los posibles recursos con que cuenta para su financiación.

3.12 Compromiso de aportar la diferencia que resulte entre el importe del proyecto y la dotación obtenida.

3.13 Compromiso de indicar de forma expresa, que en la realización de las actividades objeto de la misma, se cuenta con la financiación de la Dirección General de Acción Social (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).

3.14 Compromiso de redactar una memoria de las actividades realizadas y resultados obtenidos.

4. Lugar de presentación de documentos.

La documentación se presentará en el Registro de la Dirección General de Acción Social, paseo del Prado, 18-20, planta 14, y en los de las Direcciones Provinciales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

5. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará al mes siguiente a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

6. Tramitación y resolución.

La Dirección General de Acción Social tramitará los expedientes, pudiendo reclamar a la Institución solicitante cuantos documentos o aclaraciones considere necesarios para completar el expediente.

Las Direcciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social una vez recibidas las peticiones y en el plazo de cuarenta y ocho horas, remitirán una copia de la instancia a la Dirección General de Acción Social, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Los expedientes serán remitidos por duplicado ejemplar, a la mayor brevedad posible, reteniendo en la Dirección Provincial una copia completa, una vez que hayan sido revisados y verificado que contienen la documentación exigida en la presente convocatoria e incorporando informe de la mencionada Dirección acerca de la veracidad de los datos consignados en la documentación aportada.

La Dirección General de Acción Social podrá ejercer actividades de inspección para la comprobación de la veracidad de los datos aportados por los solicitantes así como respecto al buen uso de los fondos públicos objeto de la misma.

La Dirección General de Acción Social adoptará la resolución que proceda, a la vista del interés del proyecto presentado y su eficaz repercusión en la colectividad.

7. Pago de las dotaciones otorgadas.

Sin Perjuicio de la normativa general aplicable sobre justificación de pagos, una vez dictada la resolución de concesión, el pago de la dotación otorgada se ajustará a las normas especificadas en el convenio-programa para el mismo. La Dirección General de Acción Social abonará la cuantía inicial prevista en el convenio para iniciar el programa, y el resto de la cuantía convenida se abonará previa justificación.

7.1 La justificación del gasto realizado se basará en la presentación ante la Dirección General de Acción Social de los siguientes documentos:

7.1.1 Certificación del representante de la Asociación o Institución en la que conste la realización de las actividades.

7.1.2 Recibos firmados por las personas que han percibido remuneraciones por la colaboración en la actividad.

7.1.3 Facturas con el "Recibí" correspondiente a los presupuestos presentados al solicitar la dotación, según lo especificado en el convenio-programa.

7.1.4 Certificado acreditativo de los Ingresos percibidos como consecuencia de las actividades realizadas, en el caso de que hayan sido generados.

7.1.5 Memoria informe sobre las actividades desarrolladas y resultados obtenidos.

7.2 La documentación citada se presentará por triplicado ejemplar (original y dos copias).

8. El incumplimiento total o parcial de cualquiera de las condiciones así como la duplicación de la misma con cargo a otros créditos de los presupuestos generales del Estado, de la Seguridad Social o de la Administración Autonómica o Local, constituirá causa determinante de la revocación de la ayuda y de su reintegro por el perceptor, previo requerimiento de la Dirección General de Acción Social, que de no ser atendido promoverá la acción efectiva provista en el Reglamento General de Recaudación, sin perjuicio de las actuaciones civiles, penales o de otro orden que en cada caso proceda.

DISPOSICION ADICIONAL

Lo dispuesto en la presente Resolución se establece sin perjuicio de las competencias que a las Comunidades Autónomas corresponde, en virtud de sus respectivos Estatutos.

DISPOSICION FINAL

Esta Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que comunico a VV. SS.

Madrid, 14 de septiembre de 1983.- La Directora general de Acción Social, María Patrocinio Las Heras Pinilla.

Sres. Subdirector general de Coordinación, Subdirector general de Estudios y Normativas y Directores provinciales de Trabajo y Seguridad Social.

ANEXO I

1. Datos de identificación.

1.1 Datos del solicitante:

1.1.1 Apellidos .....................................................

1.1.2 Nombre..............................1.1.3 DNI...................

1.1.4 Domicilio ..........................1.1.5 Teléf.................

1.1.6 Población ..............1.1.7 Provincia........................

1.1.8 Relación con la Institución para la que solícita la ayuda.......

......................................................................

1.2 Datos de la Institución para la que solicita la ayuda:

1.2.1 Tipo de Institución.............................................

1.2.2 Denominación....................................................

1.2.3 NIF.................1.2.4 Domicilio.............................

1.2.5 Población...............1.2.6 Provincia.........................

1.2.7 Número de registros:

De Asociaciones .....................................................

De Tercera Edad .....................................................

De servicio social de Minusválidos ...................................

2. Datos de identificación de la dotación económica.

2.1 Tipo del programa ................................................

2.2 Ambito de aplicación ............................................

2.3 Sector beneficiario del programa .................................

2.4 Importe del gesto ................................................

2.5 Tanto por ciento solicitado ......................................

2.6 Importe solicitado ..............................................

3. Dotaciones económicas solicitadas a otros organismos para la misma finalidad.

(VER IMAGEN PÁGINA 26151)

CERTIFICO: Que todos las datos contenidos en esta solicitud y los documentos que se acompañan, se ajustan a la realidad. Asimismo, me COMPROMETO: A justificar la dotación concedida según lo previsto en la convocatoria.

En..................,a....de..............de 1983.

.........................Registro de entrada de la .........................Dirección Provincial .........................(Sello y fecha)

ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE ACCION SOCIAL.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/09/1983
  • Fecha de publicación: 24/09/1983
  • Entrada en vigor: 24 de septiembre de 1983.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA que, en los términos de los fj 5 a 7, no se vulneran las competencias autonómicas, por Sentencia 50/1984, de 25 de noviembre (Ref. BOE-T-1986-32271).
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General de Acción Social

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid