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Documento BOE-A-1984-27327

Resolución de 30 de noviembre de 1984, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, por la que se delega la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 15 de diciembre de 1984, páginas 36230 a 36231 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1984-27327
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1984/11/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 5. del Real Decreto 1344/1984, de 4 de julio, sobre indemnizaciones por razón del servicio, atribuye la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización al Subsecretario de cada Departamento ministerial.

Esta Subsecretaría, previa aprobación del Ministro de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, ha dispuesto

Primero.- Se delega en el Director general de Servicios del Departamento la atribución para la designación de las comisiones de servicios con derecho a indemnización, tanto dentro del territorio nacional como en el extranjero sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados segundo y tercero siguientes.

Segundo.- Se delega en el Interventor general de la Administración del Estado la atribución para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización dentro del territorio nacional correspondientes a los funcionarios de la Intervención General cuando las mismas tengan por objeto llevar a cabo funciones propias de dicho Centro directivo.

Tercero.- Se delega, asimismo, en el Inspector general del Departamento la atribución para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización dentro del territorio nacional correspondientes a los Inspectores de los Servicios, así como a otros funcionarios destinados en la Inspección General que deban realizar funciones de Inspección de los Servicios o de colaboración en las mismas.

Cuarto.- En todo caso, los Directores generales indicados en los párrafos anteriores podrán, en el ámbito de la competencia que por esta Resolución se les delega, cometer al Subsecretario de Economía y Hacienda los asuntos que, por su trascendencia, consideren convenientes. Asimismo, el Subsecretario de Economía y Hacienda podrá avocar, para su conocimiento y resolución, los asuntos relacionados con la delegación de atribuciones objeto de la presente Resolución.

Quinto.- Siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente disposición, se hará constar así en la Resolución correspondiente.

Sexto.- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 30 de noviembre de 1984.- El Subsecretario, Miguel Martín Fernández

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/11/1984
  • Fecha de publicación: 15/12/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 16/12/1984
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el apartado Primero, por Resolución de 5 de junio de 1996 (Ref. BOE-A-1996-13824).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 5 del Real Decreto 1344/1984, de 4 de julio (Ref. BOE-A-1984-16042).
    • apartado 4 del art. 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Servicios del Ministerio de Economía y Hacienda
  • Intervención General de la Administración del Estado
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda

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