Resolución de la Dirección General de Ordenación del Trabajo sobre alcance de las limitaciones establecidas por el artículo primero de la Reglamentación de Médicos al servicio de Entidades de Asistencia Médico-Farmacéutica a aquellos facultativos contratado con anterioridad a la misma. Efectos del trabajo realizado por los Médicos en domingo o fiesta no recuperable.
Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 5 de junio de 1964, páginas 7340 a 7340 (1 pág.)