Para atender de forma debida al creciente número de alumnos matriculados en las Enseñanzas Técnicas de Grado Medio, el Ministerio de Educación y Ciencia solicita recursos presupuestos en cuantía suficiente para remunerar al personal de Profesores adjuntos y de Encargados de curso de las citadas enseñanzas,
En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas,
DISPONGO:
Se conceden tres suplementos de crédito, por un importe total de cuarenta y siete millones ciento sesenta y seis mil diecisiete pesetas, al presupuesto en vigor de la Sección dieciocho de Obligaciones de los Departamentos ministeriales, Ministerio de Educación y Ciencia»; capítulo ciento, «Personal»; artículo ciento veinte, «Otras remuneraciones»; servicio trescientos cuarenta y seis, «Dirección General de Enseñanza Profesional», y con arreglo al siguiente detalle; Al concepto trescientos cuarenta y seis-ciento veintinueve, «Escuelas Técnicas de Grado Medio», cuarenta y cuatro millones setecientas ochenta y ocho mil cuatrocientas cuarenta pesetas, de las que catorce millones doscientas sesenta y cinco mil cuatrocientas cuarenta se aplicarán al subconcepto uno, «Profesores adjuntos», cuya redacción se modifica por la siguiente; «Para remunerar a seiscientos cincuenta y ocho Profesores adjuntos, a treinta y seis mil pesetas anuales»; y treinta millones quinientas veintitrés mil al subconcepto dos, «Encargado de curso»; y al concepto trescientos cuarenta y seis-ciento veintiocho, «Pagas extraordinarias», dos millones trescientas setenta y siete mil quinientas setenta y siete pesetas,
El importe a que ascienden los mencionados suplementos de crédito se cubrirá en la forma determinada por el artículo 41 de la vigente Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública,
Dada en el Palacio de El Pardo a veintiocho de diciembre de mil novecientos sesenta y seis.
FRANCISCO FRANCO
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