Por el Ministerio de Justicia se procede actualmente a la revisión de la circunscripción territorial de los Registros de la Propiedad, inspirada en las necesidades del servicio y en la nivelación de trabajo y rendimiento de estas Oficinas, lo cual se aconseja, por una parte, el aumento de Registros en aquellas zonas de crecimiento demográfico y social, paralelamente; de otra, requiere la fusión de Distritos Hipotecarios limítrofes en que el escaso volumen de titulación así lo precise; y, a tal efecto –y de conformidad con lo establecido en el Decreto de veintidós de julio de mil novecientos sesenta y siete, Ordenes ministeriales de veinticinco de agosto siguiente y veintiséis de febrero de mil novecientos sesenta y nueve, y artículos doscientos setenta y cinco de la Ley Hipotecaria y cuatrocientos ochenta y cuatro del Reglamento para su aplicación–, se ha instruido el oportuno expediente, en el que se han recogido los informes preceptivos y ha sido dictaminado favorablemente por el Consejo de Estado.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión de veintitrés de mayo de mil novecientos setenta y cinco,
DISPONGO:
Queda suprimido el Registro de la Propiedad de Valderrobres, de modo que su actual Distrito Hipotecario pase a integrarse en el del Registro de Alcañiz, en el que radicará asimismo la Oficina Liquidadora.
El Ministro de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de este Decreto.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a cinco de junio de mil novecientos setenta y cinco.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Justicia,
JOSE MARIA SANCHEZ-VENTURA PASCUAL
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