Ilustrísimos señores:
La Orden ministerial de 31 de enero de 1975 por la que se desarrolla el Decreto 2532/1974, de 9 de agosto, prevé la creación de una Junta de Compras para la adjudicación de las obras y adquisiciones que requieren los diferentes Servicios de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión y del Servicio Público Centralizado Radiotelevisión Española. La naturaleza y el carácter específico, así como el volumen y cuantía de las adquisiciones a contratar, aconsejan hacer uso de lo establecido en el Decreto 3354/1967, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación para la aplicación de la Ley de Contratos del Estado, en cuyo artículo 252 faculta, mediante autorización del Ministro, la delegación de las funciones atribuidas a la Junta de Compras centralizada en cada Departamento en otras Juntas de competencia más restringida.
En su virtud, he tenido a bien disponer:
Se crea una Junta de Compras para la adjudicación de las obras y adquisiciones que requieren los diferentes Servicios de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión y del Servicio Público Centralizado Radiotelevisión Española, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Decreto 3354/1967, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación para la aplicación de la Ley de Contratos del Estado.
La Junta de Compras de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión y Servicio Público Centralizado Radiotelevisión Española queda constituida de la forma siguiente:
Presidente: El Oficial Mayor del Ministerio.
Vocales:
El Subdirector general de Radiodifusión y Televisión.
El Subdirector general de los Servicios de Radiodifusión y Televisión.
El Gerente de Radiotelevisión Española.
Secretario: El Jefe de la Sección Administrativa del Servicio Económico Administrativo de la Subdirección General de los Servicios de Radiodifusión y Televisión.
Como asesor permanente de la Junta figurará un representante de la Oficina de Supervisión de Proyectos de la Subsecretaría del Departamento, con titulación de Ingeniero superior de Telecomunicación.
A las reuniones de la Junta podrán concurrir los funcionarios técnicos de la Dirección General, o personal técnico del Servicio Radiotelevisión Española, que sean necesarios cuando la naturaleza de las adquisiciones lo requiera.
Cuando la Junta de Compras actúe como Mesa de Contratación, además de los miembros que componen la Junta en la forma anteriormente dicha, formarán parte de aquélla el Abogado del Estado, Jefe de la Asesoría Jurídica prevista en el número 5 del artículo 9.° del Decreto 2532/1974, de 9 de agosto, y el Interventor Delegado en el Ministerio de Información y Turismo de la Intervención General del Estado.
La asistencia a las reuniones de la Junta de Compras, o cuando actúe ésta como Mesa de Contratación, dará derecho a percibir las dietas previstas al efecto por las disposiciones vigentes.
Lo que comunico a VV II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV II. muchos años.
Madrid, 12 de marzo de 1975.
HERRERA Y ESTEBAN
Ilmos. Sres. Subsecretario de Información y Turismo y Director general de Radiodifusión y Televisión.
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