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Documento BOE-A-1975-7423

Resolución de la Dirección General de Administración Local por la que se dictan instrucciones para la formación de la estadística presupuestaria de las Corporaciones Locales en el año 1975.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 1975, páginas 7400 a 7401 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1975-7423

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimos señores;

Dispuesto por Orden de la Presidencia del Gobierno de 21 de febrero de 1962 la formación anual de la estadística de presupuestos preventivos de las Corporaciones Locales, procede dictar las instrucciones pertinentes para la realización de tal Servicio, en lo que al ejercicio económico actual se refiere.

En consecuencia, esta Dirección General, por Resolución de esta fecha ha dispuesto:

1.° Para la recogida de los datos necesarios para la formación de la estadística de presupuestos preventivos de las Corporaciones Locales, referida al año en curso, continúa en vigor el cuestionario E. L. S. 10, publicado como anexo a la Resolución de este Centro directivo, de 17 de abril de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 26 del mismo mes).

2.° Las Diputaciones Provinciales y su Mancomunidad; los Cabildos insulares y Mancomunidades interinsulares; como asimismo los Ayuntamientos, Entidades Locales Menores, Mancomunidades voluntarias. Consorcios y Agrupaciones de municipios, y Comunidades de tierra, remitirán a los Jefes del Servicio de Inspección y Asesoramiento de sus respectivas provincias, en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», los correspondientes cuestionarios E. L. S. 10, en duplicado ejemplar, con las cifras de sus presupuestos ordinarios y especiales para 1975, una vez aprobados reglamentariamente.

Igualmente enviarán las cifras generales de los presupuestos extraordinarios que se vayan aprobando durante el año por los órganos competentes de Hacienda.

3.° Las Jefaturas Provinciales del Servicio de Inspección y Asesoramiento revisarán cuidadosamente los cuestionarios recibidos, comprobando la exactitud de sus cifras, codificarán la zona de claves y remitirán a la Delegación del Instituto Nacional de Estadística en este Ministerio un ejemplar de cada cuestionario, en envíos mensuales certificados, dentro de la primera decena dé cada mes, debiendo efectuar la primera remesa antes del 10 de mayo próximo. Cada envío irá acompañado del correspondiente nomenclátor provincial en el que se señalarán los cuestionarios que se envían. El otro ejemplar de cada cuestionario quedará archivado en la Jefatura Provincial del Servicio, como antecedente.

4.° Por las citadas Jefaturas se velará muy especialmente por el cumplimiento de este Servicio en los plazos previstos, y propondrán a los Gobernadores civiles el envío de Comisionados que recojan los datos de aquellas Corporaciones Locales que incurran en notorio retraso en el cumplimiento de lo dispuesto.

Lo digo a VV. EE. para su conocimiento, publicación en el «Boletín Oficial» de sus respectivas provincias y demás efectos.

Dios guarde a VV. EE. muchos años.

Madrid, 8 de abril de 1975.–El Director general, Jefe superior del Servicio de Inspección y Asesoramiento, Juan Díaz Ambrona.

Excmos. Sres. Gobernadores civiles de las provincias de régimen común.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/04/1975
  • Fecha de publicación: 10/04/1975
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Orden de 21 de febrero de 1962 (Ref. BOE-A-1962-2418).
  • DECLARA la vigencia del anexo de la Resolución de 17 de abril de 1972 (Ref. BOE-A-1972-616).
Materias
  • Administración Local
  • Cabildos Insulares
  • Diputaciones Provinciales
  • Estadística
  • Haciendas Locales
  • Mancomunidades Interinsulares
  • Municipios

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