Contenu non disponible en français
Advertido error en el texto remitido para publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado», número 90, del día 15 de abril de 1978, páginas 8672 y 8673, se transcribe a continuación la oportuna rectificación.
El artículo sexto quedará redactado de la siguiente forma:
«Artículo 6.°
Las solicitudes de concierto, documentadas según se indica en el artículo anterior, deberán dirigirse al Ministro de Cultura, a través de la Delegación Provincial correspondiente.»
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid