Está Vd. en

Documento BOE-A-1978-15187

Real Decreto 1327/1978, de 14 de abril, por el que se aprueba la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios de la Universidad Laboral de Cáceres en Escuela Universitaria de Enfermería, quedando adscrita a la Universidad de Extremadura.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 1978, páginas 14354 a 14354 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1978-15187

TEXTO ORIGINAL

El Rector de la Universidad Laboral de Cáceres ha solicitado la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios de la citada Universidad Laboral en Escuela Universitaria de Enfermería, adscrita a la Universidad de Extremadura, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto dos mil cientos veintiocho/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de julio, artículo primero, punto tres. Dicha solicitud ha sido presentada conforme a lo previsto en el citado Real Decreto ante la Universidad de Extremadura, quien la ha remitido favorablemente informada por su Junta de Gobierno, al Ministerio de Educación y Ciencia.

En su virtud, a propuesta del Ministerio de Educación y Ciencia, oída la Junta Nacional de Universidades y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día catorce de abril de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1.

Aprobar la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios de la Universidad Laboral de Cáceres en Escuela Universitaria de Enfermería, quedando adscrita a la Universidad de Extremadura.

Artículo 2.

La Escuela Universitaria de Enfermería, adscrita, de la Universidad Laboral de Cáceres, se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Educación, en el Decreto dos mil doscientos noventa y tres/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de agosto, y en el dos mil ciento veintiocho/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de julio, y, en su defecto, por los Estatutos Universitarios de la Universidad a que queda adscrita, su propio Reglamento y lo que se fije en el Convenio de Colaboración Académica celebrado con la Universidad de Extremadura.

Artículo 3.

Se autoriza al Ministerio de Educación y Ciencia para aprobar el Reglamento del Centro, que se ajustará a lo establecido en el Decreto dos mil doscientos noventa y tres/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de agosto, y en la Orden ministerial de diecisiete de septiembre de mil novecientos setenta y cuatro, dictada en desarrollo del mismo.

Artículo 4.

El Ministerio de Educación y Ciencia dictará las normas e instrucciones precisas para la interpretación y desarrollo de lo establecido en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a catorce de abril de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Educación y Ciencia,

IÑIGO CAVERO LATAILLADE

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 14/04/1978
  • Fecha de publicación: 17/06/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 07/07/1978
Referencias anteriores
Materias
  • Enfermería
  • Escuelas de Ayudantes Técnicos Sanitarios
  • Escuelas Universitarias
  • Universidad de Extremadura

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid