El artículo 8.° del Decreto 2875/1970, de 12 de septiembre, según quedó redactado por el Real Decreto 467/1977, de 11 de marzo, dispone que la Dirección General de Seguros publicará, referida a fin del año anterior, una lista de los valores mobiliarios aptos para inversión do las reservas técnicas de las entidades de seguros privados, sin perjuicio de que posteriormente publique las alteraciones que procedan.
Habiéndose producido modificaciones en el anexo de la lista de valores aptos para cobertura de reservas correspondiente al ejercicio de 1976, declarada vigente para el de 1977 por el Real Decreto anteriormente citado, esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado Real Decreto y en el 478/1978, de 2 de marzo, artículo 1.º, uno-a), ha resuelto publicar como anexo a la presente Resolución la correspondiente lista complementaria.
En su virtud, la lista de valores aptos para la cobertura de las reservas técnicas correspondiente al ejercicio de 1977 será la publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 182, de 30 de julio de 1976, y sus anexos de 22 de junio de 1977 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 167, de 14 de julio de 1977) y el que se inserta a continuación:
Madrid, 23 de junio de 1978.–El Director general, Fernando del Caño Escudero.
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