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Documento BOE-A-1978-4181

Orden de 30 de enero de 1978, acordada en Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, sobre la revisión de las tarifas de la «Compañía Telefónica Nacional de España».

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 1978, páginas 3430 a 3430 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1978-4181

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Con fecha 29 de noviembre de 1977, la «Compañía Telefónica Nacional de España» presentó, a través de la Delegación del Gobierno en la misma, expediente de solicitud de aumento de tarifas vigentes ante la Junta Superior de Precios, remitiendo copia del mencionado expediente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; todo ello a tenor de lo preceptuado en el artículo 5.° del Real Decreto 2695/1977, de 2B de octubre, sobre normativa en materia de precios.

En su consecuencia, este Ministerio, de conformidad con el informe emitido por la Junta Superior de Precios y de acuerdo con la autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 30 de enero de 1978, ha resuelto:

Artículo 1.

Se autoriza a la «Compañía Telefónica Nacional de España» a establecer las siguientes cuotas mensuales de abono, para los casos que se indican a continuación:

  Pesetas
Abonado particular. 178
Abonado no particular. 470
Línea de enlace y diversas. 618
Artículo 2.

Se autoriza a la «Compañía Telefónica Nacional de España» a establecer las siguientes cuotas mensuales de los conceptos y equipos que se enumeran:

  Pesetas
Supletorios y extensiones de centralitas privadas de abonado.  65
Conceptos de color y sobremesa.  19
Conservación de líneas de extrarradio (por cada fracción de 500 metros).  57,15
Alquiler par urbano (por cada fracción de 500 metros). 125
Artículo 3.

Se autoriza a la «Compañía Telefónica Nacional de España» a incrementar en nueve pesetas las cuotas mensuales de las extensiones de las centralitas privadas de abonados propiedad de la Compañía.

Artículo 4.

Se autoriza a la «Compañía Telefónica Nacional de España» a incrementar en un 40 por 100 las cuotas mensuales de las centralitas privadas de abonado propiedad de la Compañía.

Artículo 5.

Se autoriza a la «Compañía Telefónica Nacional de España» a establecer las siguientes cuotas por conceptos que se indican a continuación:

  Pesetas
Cuota de conexión por altas, cambio de sistema y normalización en poblaciones de más de 100.000 teléfonos. 12.500
Cuota de conexión por altas, cambio de sistema y normalización en las restantes poblaciones. 11.500
Cuota de traslados exteriores y cambios de conexión (distinta central) en poblaciones de más de 100.000 teléfonos.  9.500
Cuota de traslados exteriores y cambios de conexión (distinta central) en las restantes poblaciones.  8.500
Artículo 6.

No se producirán elevaciones en el valor actual del paso de contador.

Artículo 7.

Se autoriza a la «Compañía Telefónica Nacional de España» al establecimiento de las siguientes tarifas:

  Pesetas
Cuota mínima por cambio de equipo de abonado por visita o por actuación.  500
Traslados interiores de teléfonos individuales, líneas de enlace y diversas y supletorios o extensiones con líneas de prolongación:  
– En el mismo local.  500
– A otro local, en el mismo edificio. 5.500
– A otra nave, en el mismo recinto. 7.000
Traslados interiores de teléfonos y líneas de supletorio o extensión y traslados interiores y exteriores de equipos complementarios.  500
Artículo 8.

Se mantendrán, asimismo, por parte de la «Compañía Telefónica Nacional de España» las actuales frecuencias y duraciones de los pasos de contador.

Artículo 9.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a VV. II.

Madrid, 30 de enero de 1978.

LLADO FERNANDEZ-URRUTIA

Ilmos Sres. Subsecretario de Transportes y Comunicaciones y Delegado del Gobierno en la «Compañía Telefónica Nacional de España».

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/01/1978
  • Fecha de publicación: 11/02/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 11/02/1978
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 5 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre (Ref. BOE-A-1977-26165).
Materias
  • Compañía Telefónica Nacional de España
  • Precios
  • Tarifas
  • Teléfonos

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