MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
Madrid, 4 de julio de 1974
Excmo. Sr. D. Tomás Polanco Alcántara,
Embajador de Venezuela en España.
Señor Embajador:
Tengo la honra de dirigirme a vuestra excelencia con el objeto de expresarle que el Gobierno español está dispuesto a convenir con el Gobierno de la República de Venezuela la adopción de las medidas oportunas destinadas a suministrarse información recíproca sobre los cambios de residencia de sus nacionales.
A tal efecto, los dos Gobiernos se intercambiarán a través de sus respectivas Embajadas cuanta información dispongan sobre los cambios de residencia que efectúen los ciudadanos venezolanos en España y los españoles en Venezuela.
Al declarar que la presente nota y la respuesta en iguales términos de vuestra excelencia serán consideradas como constitutivas de un Acuerdo entre los dos Gobiernos, que entrará en vigor a partir de la fecha, aprovecho la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Pedro Cortina Mauri, Ministro de Asuntos Exteriores.
REPUBLICA DE VENEZUELA
Embajada en España
Madrid, 4 de julio de 1974
Excmo. Sr. D. Pedro Cortina Mauri,
Ministro de Asuntos Exteriores de España.
Señor Ministro:
Tengo la honra de acusar recibo a vuestra excelencia de su nota del día de la fecha, que dice lo siguiente:
«Tengo la honra de dirigirme a vuestra excelencia con el objeto de expresarle que el Gobierno español está dispuesto a convenir con el Gobierno de la República de Venezuela la adopción de las medidas oportunas destinadas a suministrarse información recíproca sobre los cambios de residencia de sus nacionales.
A tal efecto, los dos Gobiernos se intercambiarán a través de sus respectivas Embajadas cuanta información dispongan sobre los cambios de residencia que efectúen los ciudadanos venezolanos en España y los españoles en Venezuela.
Al declarar que la presente nota y la respuesta en iguales términos de vuestra excelencia serán considerados como constitutivas de un Acuerdo entre los dos Gobiernos, que entrará en vigor a partir de la fecha, aprovecho la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.»
Tengo el honor de confirmar a vuestra excelencia que el Gobierno de la República de Venezuela, animado también por los mismos propósitos expresados en su citada nota, está conforme con lo que en ella se determina y con que la nota de vuestra excelencia y la presente respuesta se consideren como constitutivas de un Acuerdo entre los dos Gobiernos.
Aprovecho esta ocasión para reiterar a vuestra excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Tomás Polanco Alcántara, Embajador de la República de Venezuela.
El presente Acuerdo entró en vigor el día de su firma, es decir, el 4 de julio de 1974, de conformidad con lo establecido en su texto.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 8 de febrero de 1978.–El Secretario general Técnico, Juan Antonio Pérez-Urruti Maura.
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