El Decreto dos mil setecientos catorce/mil novecientos setenta y uno, de catorce de octubre, creó la marca de calidad para puertas planas de madera, y en su artículo quinto establece la composición de su Comité de Dirección.
En él figuran representantes de determinadas Unidades administrativas y Entidades, algunas de las cuales han desaparecido, otras han experimentado modificaciones en sus competencias y otras han cambiado su denominación.
Resulta conveniente modificar la composición de los Vocales del mencionado Comité, de manera que, conservando el espíritu de las distintas representaciones entonces recogidas, figuren en función de las competencias y denominaciones de las Unidades administrativas y Entidades actualmente existentes.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dos de marzo de mil novecientos setenta y ocho,
DISPONGO:
La representación de los Vocales del Comité de Dirección de la Marca de Calidad para Puertas Planas de Madera, creada por el artículo quinto del Decreto dos mil setecientos catorce/mil novecientos setenta y uno, de catorce de octubre, quedará establecida en la siguiente forma:
– Dos representantes del Ministerio de Industria y Energía.
– Dos representantes del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.
– Un representante del Consejo Superior del Colegio de Arquitectos.
– Un representante del Instituto Nacional de Racionalización y Normalización.
– Un representante del Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias.
– Un representante de la Asociación de Investigación Técnica de las Industrias de la Madera y Corcho.
– Un representante del I. N. C. E. (Instituto Nacional para la Calidad en la Edificación).
– Un representante de cada uno de los Organismos autorizados por el Ministerio de Industria y Energía para efectuar los servicios de control e inspección de la marca de calidad de las puertas planas de madera, a condición de que no posean ya esta representación, a título nominativo.
– Un representante de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Montes.
– Un Secretario del Comité, designado por el Presidente de entre los Vocales.
Asimismo, podrán incorporarse al Comité empresarios o fabricantes del sector, de forma accidental y para asuntos concretos, con voz pero sin voto.
Dado en Madrid a dos de marzo de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Ministro de Industria y Energía.
AGUSTIN RODRIGUEZ SAHAGUN
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