Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Nacional de Madrid, con fecha 18 de abril de 1978, en el recurso contencioso-administrativo número 40.294, interpuesto por don Enrique Abad Monllor contra este Departamento, sobre sanción de suspensión de empleo y sueldo durante tres meses,
Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don José Granados Weil, en representación de don Enrique Abad Monllor, contra resolución del Ministerio de Trabajo de trece de abril de mil novecientos setenta y siete, que desestimó la alzada formulada contra resolución del Director general de Ordenación y Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social de once de diciembre de mil novecientos setenta y seis, debemos anular como anulamos los mencionados acuerdos por no ser conformes a derecho; sin expresa condena en costas.
Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Luis Cabrerizo, Ramón Guerra, Federico Sainz de Robles, José María Ruiz-Jarabo y Diego Rosas (rubricados).»
Lo que comunico a V I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid 16 de marzo de 1979.‒P. D., el Subsecretario, José Javier Viñes Rueda.
Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.
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