Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Nacional de Madrid, con fecha 26 de noviembre de 1978, en el recurso contencioso-administrativo número 40.172, interpuesto por don Miguel Garrido Peralta y otros contra este Departamento, sobre regulación de los conciertos entre la Seguridad Social y la Universidad,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que, no dando lugar a las excepciones de inadmisibilidad, estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Miguel Garrido Peralta y otros respecto del titulado convenio de cooperación firmado el siete de octubre de mil novecientos sesenta y ocho entre los Ministros de Educación y Ciencia y Trabajo y los actos desestimatorios del recurso de reposición, convenio y decisión de la reposición, que anulamos por ser contrarios a derecho; y sin una condena en costas.»
Asimismo se certifica que la anterior sentencia ha sido apelada por la Abogacía del Estado y admitida a un solo efecto.
Lo que comunico a V I. para su conocimiento, y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de te Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 3 de abril de 1979.–P. D., el Subsecretario, José Javier Viñes Rueda.
Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid