Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General sobre petición formulada por «Complejo de Industrias Lácteas de Lugo» (COMPLESA) para ampliar las instalaciones de la central lechera que dicha Entidad tiene concedida en Nadela (Lugo), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Reglamento de Centrales Lecheras y otras Industrias Lácteas aprobado por Decreto 2478/1966, de 6 de octubre, y modificado por Decreto 544/1972, de 9 de marzo, y visto el informe emitido por el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social,
Este Ministerio ha resuelto:
Autorizar a «Complejo de Industrias Lácteas de Lugo» (COMPLESA) para ampliar las instalaciones dé la Central Lechera que dicha Entidad tiene concedida en Nadela (Lugo), a base fundamentalmente de mejorar las líneas de producción, perfeccionando los métodos de trabajo, suprimiendo las líneas de elaboración de leche esterilizada en botellas de plástico y vidrio, potenciando la elaboración de leche aséptica, ampliando las instalaciones de quesería, así como los servicios auxiliares.
Las obras e instalaciones deberán ajustarse al proyecto que ha servido de base a la presente resolución, y una vez finalizadas las mismas, «Complejo de Industrias Lácteas de Lugo» (COMPLESA) lo comunicará a la Dirección General de Industrias Agrarias.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 26 de abril de 1979.‒P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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