Ilmos. Sres.: Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes, en la que solicitan la declaración de monumento histórico-artístico, de interés local, a favor del «Pont de C’an Bernet», en San Cugat del Vallés (Barcelona);
Resultando que la citada propuesta ha sido remitida a informe de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando que lo emite en sentido favorable;
Resultando que la citada propuesta ha sido igualmente remitida a informe de los Servicios Técnicos correspondientes, que lo emiten en el sentido de que debe ser declarado monumento histórico-artístico de interés local;
Resultando que el Ayuntamiento de San Cugat del Vallés ha prestado su conformidad a la declaración de monumento histórico-artístico de interés local, según escrito de fecha 13 de julio de 1978;
Vistos la Ley de 13 de mayo de 1933, Reglamento de 16 de abril de 1936 y Decreto de 22 de julio de 1958, y demás disposiciones de general aplicación;
Considerando que como consecuencia del expediente tramitado resulta evidente que el citado «Pont de C’an Bernet», en San Cugat del Vallés, reúne méritos suficientes para ser declarado monumento histórico-artístico, de interés local, con los beneficios y limitaciones que ésto lleva consigo, debiendo ser sometido a protección y vigilancia del Ayuntamiento de San Cugat del Vallés en los términos que establece el Decreto de 22 de julio de 1958, modificado por el de 11 de julio de 1963,
En su virtud, este Ministerio ha resuelto declarar monumento histórico-artístico, de interés local, el «Pont de C’an Bernet», en San Cugat del Vallés (Barcelona).
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 26 de abril de 1979.‒El Subsecretario de Cultura, Fernando Castedo Alvarez.
Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.
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