Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias sobre la petición formulada por la Sociedad Cooperativa «San Pedro Advíncula», de Escañuela (Jaén), para ampliar una almazara en dicha localidad, acogiéndose a los beneficios previstos en el Decreto 2392/ 1972, de 18 de agosto, y demás disposiciones dictadas para su ejecución y desarrollo,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Uno. Declarar incluida en zona de preferente localización industrial agraria, según el apartado A) del artículo sexto del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, la ampliación de la almazara de la Sociedad Cooperativa «San Pedro Advíncula», de Escañuela (Jaén), sita en dicha localidad.
Dos. Proponer la concesión, en su cuantía máxima, de los beneficios relacionados en el artículo tercero y en el apartado uno del artículo octavo del citado Decreto, excepto los relativos a reducción de derechos arancelarios y a expropiación forzosa, que no han sido solicitados. No se otorga subvención.
Tres. Aprobar el proyecto técnico presentado para la ampliación de referencia, con un presupuestó de 13.092.370 pesetas, a efectos de preferencia en la obtención de crédito oficial.
Cuatro. Conceder un plazo de tres meses para la iniciación de las obras y otro de doce meses para finalizar la ampliación y obtener su inscripción en el Registro Provincial de Industrias Agrarias. Ambos plazos contarán a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 14 de mayo de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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