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Documento BOE-A-1979-15846

Real Decreto 1631/1979, de 10 de mayo, por el que se crean cuatro Centros estatales de Educación Preescolar en Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 1979, páginas 15177 a 15177 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-15846

TEXTO ORIGINAL

La creciente demanda de puestos escolares de Educación Preescolar, hace preciso crear los Centros docentes necesarios para atenderla, ajustándolos a las prescripciones de la Ley General de Educación.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos cuatro, c); cincuenta y ocho, y ciento treinta y cinco, b), para la creación de Centros de Educación Preescolar, de la Ley catorce/mil novecientos setenta, de cuatro de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, a propuesta del Ministro de Educación, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se crean los Centros estatales de Educación Preescolar siguientes:

Provincia de Sevilla

Municipio: Sevilla. Localidad: Sevilla. Centro de Educación Preescolar «Doctor Barraquer», domiciliado en avenida Doctor Barraquer (polígono Norte), para trescientos veinte puestos escolares.

Municipio: Sevilla. Localidad: Sevilla. Centro de Educación Preescolar, domiciliado en plaza Bibrambla, sin número (parque Alcosa), para trescientos veinte puestos escolares.

Municipio: Sevilla. Localidad: Sevilla. Centro de Educación Preescolar, domiciliado en calle Tesalónica, sin número (polígono San Pablo-barrio C), para trescientos veinte puestos escolares.

Municipio: Sevilla. Localidad: Sevilla. Centro de Educacón Preescolar, domiciliado en prolongación de la avenida de República Argentina, sin número, para trescientos veinte puestos escolares.

Artículo 2.

Se autoriza al Ministerio de Educación para que por Orden ministerial señale la fecha de comienzo de las actividades en los Centros estatales de Educación Preesccolar relacionados en el artículo anterior y para adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Educación,

JOSE MANUEL OTERO NOVAS

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