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Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme en 20 de abril de 1979 en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por don Francisco Jiménez Ciruelos y don Cesáreo Arranz Recio, y seguido ante la Audiencia Nacional,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuyo fallo dice lo que sigue:
«Fallamos: Desestimamos el recurso número cuarenta mil seiscientos noventa, interpuesto contra resoluciones del Ministerio de Trabajo de veintiséis de enero de mil novecientos setenta y seis y veintinueve de octubre de mil novecientos setenta y cinco, no procediendo la anulación del aviso de dieciséis de abril de mil novecientos setenta y cuatro publicado por RENFE, que introdujo determinadas modificaciones en la convocatoria de treinta de enero de mil novecientos setenta y cuatro en el concurso para ascenso a la categoría de Maquinista; sin mención sobre costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.‒Jerónimo Arozamena.‒Fernando de Mateo.‒Ramón Guerra.‒José María Ruiz Jarabo.‒Diego Rosas. (Rubricados.)»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 7 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Gerardo Harguindey Banet.
Ilmo. Sr Subsecretario de este Ministerio.
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