Ilmo. Sr.; Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Territorial de Albacete con lecha 1 de marzo de 1979 en el recurso contencioso-administrativo número 129/78, interpuesto por Juan Rojo Moral contra este Departamento, sobre anulación de concurso de traslado, materia de personal,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que desestimando la causa de inadmisibilidad invocada por el señor Abogado del Estado, debemos declarar y declaramos la nulidad del procedimiento a partir del recurso de alzada interpuesto por el actor con fecha veintiuno de junio de mil novecientos setenta y siete reponiendo las actuaciones a tal momento para que, con audiencia de don José Luis Valdés Martín, se tramite de nuevo dicho recurso con arreglo a derecho; sin hacer expresa imposición de costas.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1958.
Dios guarde a V.I.
Madrid, 8 de junio de 1979.–P.D., el Subsecretario, Eloy Ybáñez Bueno.
Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid