Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Clemente Auger Liñán, sobre impugnación del Decreto número 200/1977, de 18 de febrero, sobre nombramiento de titulares a los Juzgados de Instrucción números 3 y 21 de Madrid, y contra la resolución del Ministerio de Justicia de 7 de junio de 1977, que en cumplimiento de lo acordado en Consejo de Ministros en 2 del mismo mes desestimó el correspondiente recurso de reposición, la Sala Quinta del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia de 16 de octubre de 1978, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de don Clemente Auger Liñán contra el Decreto de dieciocho de febrero de mil novecientos setenta y siete; correspondiente desestimatorio de la reposición de dos de junio siguiente, debemos declarar y declaramos la nulidad de las citadas resoluciones, en cuanto por ellas fue designado don Fernando Cid Fontán para el cargo de Juez de Instrucción número tres de los de Madrid y don Clemente Auger Liñán para el de Juez de Primera Instancia e Instrucción de Guadalajara, declarando asimismo el derecho que a este último corresponde a ser nombrado titular del citado Juzgado de Instrucción número tres de la capital; sin declaración especial de costas procesales.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 14 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Juan Antonio Ortega Díaz-Ambrona.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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