Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 507.916, seguido por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por don Juan Vicente Alonso Hernández contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, sobre revocación del Decreto 131/1976, de 9 de enero, por el que se introdujeron determinadas modificaciones en el régimen de complementos del personal al servicio de la Administración de Justicia, ha dictado sentencia la mencionada Sala, con fecha 2 de julio de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Declarar inadmisible el recurso de don Juan Vicente Alonso Hernández contra el Decreto ciento treinta y uno/mil novecientos setenta y seis, de nueve de enero. Sin imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” e insertará en la “Colección Legislativa”, lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Juan V. Barquero, Eduardo de No, Antonio Agúndez, Adolfo Carretero, Pablo García (rubricados).
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el excelentísimo señor Magistrado Ponente don Adolfo Carretero Pérez, estando celebrando audiencia pública la Sala Quinta del Tribunal Supremo el mismo día de su fecha.‒Ante mí, José Benéitez (rubricado).»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V I. muchos años.
Madrid, 22 de octubre de 1979.‒P. D., el Director general de Presupuestos, Ángel Marrón Gómez.
Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.
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