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Documento BOE-A-1979-27268

Orden de 29 de octubre de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Quinta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 507.753.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 15 de noviembre de 1979, páginas 26423 a 26423 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-27268

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 507.753, seguido por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por don Eduardo Díaz Cid contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, contra el Decreto 131/1976, de 9 de enero, ha dictado sentencia la mencionada Sala con fecha 5 de julio de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad propuesta por el Abogado del Estado, de este recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Eduardo Díaz Cid, contra el Decreto ciento treinta y uno/mil novecientos setenta y seis, de nueve de enero, con la pretensión procesal de que se revoque, así como la Orden del Ministerio de Justicia de cinco de febrero de mil novecientos setenta y seis y el Real Decreto tres mil doscientos noventa y dos/mil novecientos setenta y seis, de treinta y uno de diciembre, sin entrar, en consecuencia, en el fondo del asunto ni hacer expresa imposición de costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” e insertará en la “Colección Legislativa”, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Juan V. Barquero. Alfonso Algara Saiz. Víctor Serván. Angel Falcón. Miguel de Páramo (rubricados).

Publicación: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el excelentísimo señor Magistrado Ponente de la misma don Miguel de Páramo y Cánovas, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública la Sala Quinta del Tribunal Supremo, de lo que certifico: María del Pilar Heredero (rubricado).»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 29 de octubre de 1979.–P. D., el Director general de Presupuestos, Angel Marrón Gómez.

Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.

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