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Documento BOE-A-1979-29782

Resolución de la Subsecretaría de Cultura sobre nombramiento de personal al servicio del Instituto de la Juventud.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 18 de diciembre de 1979, páginas 29032 a 29032 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-29782
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1979/11/16/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: La Orden ministerial de 3 de septiembre de 1979, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 215, de 7 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 1784/1979, de 29 de junio, sobre reestructuración de la Dirección Genera: de la Juventud y del Instituto de la Juventud, faculta al Director del Instituto para ejercer, en materia do personal, las atribuciones que a los Directores de Organismos autónomos confieren sus respectivos Estatutos.

Por otra parte, el artículo 8.°, 1, de la referida Orden ministerial determina que la alta dirección y representación del Instituto de la Juventud en la provincia corresponde al Delegado provincial del Ministerio de Cultura.

Por ello, y respondiendo a las consultas que los Delegados provinciales del Ministerio vienen formulando, respecto a los trámites de nombramiento del personal que ha de desarrollar las funciones del Instituto de la Juventud en el ámbito provincial, y considerando las exigencias de uniformidad de criterios respecto a la designación de Directores de Residencias, Albergues Juveniles, Casas de la Juventud, Clubs Juveniles, Instalaciones Recreativo-Deportivas, adscritas a dicho Organismo, Esta Subsecretaría ha dispuesto lo siguiente:

Primero.

El nombramiento de los funcionarios que han de desempeñar las Jefaturas de las Secciones de la Juventud y de sus respectivos Negociados, integradas en cada Delegación Provincial, según dispone el artículo 8.°, 2, de la Orden ministerial antes mencionada, será competencia del Director general d6 Servicios, a propuesta del Delegado provincial y tramitada y conformada por el Director del Instituto de la Juventud.

Segundo.

La designación de Directores de Residencias, Albergues Juveniles, Casas de Juventud, Clubs Juveniles e Instalaciones Recreativo-Deportivas adscritos al Instituto de la Juventud, será competencia del Director del Instituto, en virtud de las atribuciones que le están conferidas por el Decreto 2043/1971, de 23 de julio, a prepuesta de los Delegados provinciales del Ministerio.

Tercero.

Queda derogada la Circular de esta Subsecretaría de fecha 24 de julio de 1978.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a W. II. muchos años.

Madrid, la de noviembre de 1979.–El Subsecretario. Luis Cosculluela Montaner.

Ilmos. Sres. Director general de Servicios, Director del Instituto de la Juventud y Delegados provinciales del Ministerio de Cultura.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/11/1979
  • Fecha de publicación: 18/12/1979
Referencias anteriores
  • DEROGA la Circular de 24 de julio de 1978.
  • DE CONFORMIDAD con el art. 8.2 de la Orden de 3 de septiembre de 1979 (Ref. BOE-A-1979-21751).
  • CITA:
Materias
  • Funcionarios de Organismos Autónomos
  • Instituto de la Juventud

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