Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-30552

Resolución de la Delegación Provincial de Pontevedra por la que se autoriza el establecimiento de línea eléctrica de M. T.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 1979, páginas 29746 a 29746 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-30552

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente A. T. 101/73, incoado en esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Pontevedra a petición de «Fuerzas Eléctricas del Noroeste, Sociedad Anónima» (FENOSA), con domicilio en La Coruña, calle F. Maclas, número 2, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea eléctrica de M. T. desde la línea Frieira-La Cañiza hasta el C. T. de Ameijeiras, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia d© instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1938 y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Pontevedra ha resuelto:

Autorizar a «Fuerzas Eléctricas del Noroeste, S A.», la instalación de una línea eléctrica de M. T., cuyas principales características son las siguientes:

La línea será aérea, trifásica, a 20 KV., entre el poste número 53 de la prolongación de la línea Frieira-La Cañiza y el centro de transformación de Ameijeira, con derivación a los centros de transformación de Oroso y Piñeiro (Ayuntamientos de La Cañiza y Creciente, respectivamente), con una longitud de 6.535 metros ‒incluidas las derivaciones‒ y una potencia a transportar de 1.000 KVA., con la finalidad de reformar la actual línea y su adecuación a 20 KV.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación, de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1968, de 20 de octubre.

Pontevedra, 23 de octubre de 1979.‒El Delegado provincial. 3.966-D.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid