Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo que, en grado de apelación, pendía ante la Sala, interpuesto por el señor Abogado del Estado, en representación y defensa de la Administración Pública, contra la sentencia dictada con fecha 11 de abril de 1977 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, en el recurso número 480 de 1976, relativo a multas por infracciones del Reglamento de Ordenación de Transportes, apareciendo como parte apelada la Entidad «Díaz Quirós, S. L.», representada por el Procurador don Luciano Rosch Nadal; la Sala Tercera del Tribunal Supremo, con fecha 29 de mayo de 1978, ha dictado sentencia, cuya parte dispostiva dice:
«Fallamos: Que desestimando como desestimamos, el recurso de apelación interpuesto por la representación de la Administración contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, de fecha once de abril de mil novecientos setenta y siete, en el recurso jurisdiccional a que se contrae dicha resolución, debemos confirmar y confirmamos la misma en todos su extremos; sin hacer expresa condena en cuanto a las costas de esta apelación.»
El excelentísimo señor Ministro, aceptando en su integridad el preinserto fallo, ha dispuesto por Orden de esta misma fecha que sea cumplido en sus propios términos.
Lo que participo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 5 de enero de 1979.–El Subsecretario. Alejandro Rebollo Alvarez-Amandi.
Ilmo. Sr. Director general de Transportes Terrestres.
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