La creciente demanda de puestos escolares de Educación Especial hace preciso crear los Centros docentes necesarios para atenderla, ajustándolos a las prescripciones de la Ley General de Educación.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos cuarenta y nueve, noventa y tres y ciento treinta y cinco, b), para la creación de Centros de Educación Especial, de la Ley catorce/mil novecientos setenta, de cuatro de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, v previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinticuatro de noviembre de mil novecientos setenta y ocho,
DISPONGO:
Se crea el Centro de Educación Especial, incorporado como Centro estatal a la Junta de Promoción Educativa del excelentísimo Ayuntamiento de Madrid, en régimen de Administración Especial, denominado «Vallecas», en Madrid, para ciento sesenta y ocho puestos escolares.
Se autoriza al Ministerio de Educación y Ciencia para que, por Orden ministerial, adopte las medidas necesarias para la ejecución del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a uno de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Ministro de Educación y Ciencia,
IÑIGO CAVERO LATAILLADE
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