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Documento BOE-A-1979-5481

Orden de 16 de diciembre de 1978 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en recurso contencioso-administrativo seguido entre la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa y la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 1979, páginas 4731 a 4731 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-5481
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1978/12/16/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 304.702, seguido ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, entre la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa, como demandante, y la Administración General del Estado, como demandada, contra el Decreto 599/1975, de 20 de marzo, del Ministerio de Información y Turismo, por el que se aprueba el Estatuto de Profesionales de Radio y Televisión, ha recaído sentencia, en 4 de noviembre de 1977, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que debemos, de estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa contra la disposición transitoria cuarta del Decreto de veinte de marzo de mil novecientos setenta y cinco, la cual anulamos en su totalidad, a excepción del punto primero de su apartado primero y del último apartado de, ella: todo ello sin expresa condena en costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la "Colección Legislativa", lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 105, apartado a), de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 16 de diciembre de 1978.‒P. D., el Subsecretario de Cultura, Castedo Alvarez.

Ilmo. Sr. Subsecretario de Cultura.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/12/1978
  • Fecha de publicación: 21/02/1979
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 103 y 105, APTDO. A), de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1956-17970).
  • DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 4 de noviembre de 1977 por la que se anula la disposición transitoria cuarta, excepto el punto Primero de su apartado Primero y el Ultimo apartado de Ella del Decreto 559/1975, de 20 de marzo (Ref. BOE-A-1975-5989).
Materias
  • Medios de comunicación social del Estado
  • Prensa
  • Radiodifusión
  • Radiotelevisión Española
  • Televisión

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