Content not available in English
Visto el expediente de indulto de Juan Manuel Sánchez Pedrosa, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho, como autor de un delito de robo, a la pena de seis años y un día de presidio mayor, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos;
Vistos la Ley de dieciocho de junio de mil novecientos setenta, reguladora de la gracia de indulto y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho;
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal y de la Sala sentenciadora, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve,
Vengo en indultar a Juan Manuel Sánchez Pedrosa, conmutando la expresada pena privativa de libertad por la de dos años de presidio menor.
Dado en Madrid a nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Justicia,
LANDELINO LAVILLA ALSINA
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid