Visto el expediento de indulto de Aníbal Vaz Martínez, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de diez de febrero de mil novecientos setenta y ocho, como autor de un delito de corrupción de menores, a la pena de cuatro años ocho meses y doce días de prisión menor, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos;
Vistos la Ley. de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto, y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho;
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal y de la Sala sentenciadora, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de marzo.de mil novecientos setenta y nueve.
Vengo en indultar a Aníbal Vaz Martínez del resto de la pena privativa de libertad que le queda por cumplir, y que le fue impuesta en la expresada sentencia.
Dado en Madrid a nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Justicia,
LANDELINO LAVILLA ALSINA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid