Por este Organismo se va a proceder a la ocupación de tres hectáreas de tierras procedentes de la finca «Villa Cárnica», del término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz), de las que son titulares, según el Registro de la Propiedad, los esposos don Antonio Jiménez Falcón y doña Rosario Caballero García, siendo al parecer su actual propietario don Tomás Osborne Mc-Pherson, enclavadas en la zona regable por los Canales del Guadalcacín (Cádiz), objeto de expropiación por no alcanzar los índices de intensidad en los cultivos previstos en el Plan General de Colonización de esta zona, ocupación que se llevará a cabo con arreglo a las normas señaladas en el apartado 3 del artículo 113 del texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, aprobado por Decreto 118/1973, de 12 de enero, por lo que en cumplimiento de lo dispuesto en la consecuencia segunda del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, se hace público que en los terrenos afectados, el día 27 de abril de 1979, a las diez horas, se procederá al levantamiento del acta previa a su ocupación.
Se advierte a los interesados que podrán hacer uso de los derechos que les concede el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa últimamente citado.
Madrid, 30 de marzo de 1979.–El Presidente, P. D., Simón González Ferrando.–4.511-E.
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