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Documento BOE-A-1980-5235

Resolución del Instituto de la Juventud por la que se delegan atribuciones en el Subdirector general del mismo y en los Delegados provinciales del Ministerio de Cultura.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 7 de marzo de 1980, páginas 5242 a 5242 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1980-5235
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1980/02/21/(2)

TEXTO ORIGINAL

Con la finalidad de lograr la mayor agilidad posible en la tramitación y despacho de los asuntos de la competencia de este Organismo autónomo y de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Régimen de las Entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de 1958; Estatuto del Personal al Servicio de los Organismos Autónomos, aprobado por Decreto 2043/1971, de 23 de julio; Reglamento de Contratación del Estado, aprobado por Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre, y en el artículo 5.° de la Orden de 3 de septiembre de 1979, vengo en resolver, previa autorización del Ministro de Cultura, lo siguiente:

1.° Se delegan en el Subdirector general del Instituto de la Juventud:

a) Autorizar y disponer gastos y pagos ordinarios propios de los servicios generales del Organismo autónomo Instituto de la Juventud, acorde con el presupuesto aprobado.

b) Autorizar la retirada de ingresos efectuados en firme o en concepto de depósito o fianzas a la Caja General de Depósitos a disposición del Organismo.

c) Autorizar y disponer gastos y pagos relativos a los contratos de obras, servicios y suministros, y documentos públicos en que aquéllos se formalicen hasta la cantidad máxima de diez millones de pesetas, así como firmar los correspondientes contratos.

d) En ausencia del Director del Instituto firmar en nombre de éste los contratos a que se refiere el apartado anterior y documentos públicos en que se formalicen, cuando la cuantía de aquéllos sea superior a los diez millones de pesetas, siempre que su celebración haya sido previamente autorizada reglamentariamente.

e) Firmar en nombre del Organismo los contratos administrativos especiales y los privados de la Administración, previa autorización de éstos por el Director del Organismo.

f) Aprobar las dietas de viajes en el territorio nacional del personal del Organismo, con excepción del que corresponde a autoridades con rango superior a Jefe de Servicio.

g) Disponer conjuntamente con la Intervención de fondos depositados a nombre del Organismo y la recaudación de los ingresos, recursos y créditos del mismo.

h) Contratar, dentro de los límites reglamentarios, el personal laboral que haya de prestar su servicio al Organismo.

2.° Se delegan en los Delegados provinciales de Cultura:

a) En ausencia del Subdirector general del Instituto de la Juventud, firmar en nombre de éste los contratos y documentos públicos en que aquéllos se formalicen, celebrados en el ámbito de su respectiva provincia y en los que sea parte él Instituto de la Juventud, siempre que su celebración haya sido previamente autorizada por el Director del Instituto o autoridad que en su caso proceda.

b) Firmar los contratos de personal laboral eventual y personal colaborador que pueda prestar sus servicios en las distintas instalaciones dependientes del Instituto de la Juventud para desarrollo de las Campañas de Actividades de Aire Libre, con una duración en cada campaña de hasta tres meses. Dichos contratos deberán tramitarse de acuerdo con las instrucciones que al respecto dicte reglamentariamente el Servicio correspondiente del Instituto de la Juventud

c) Firmar los contratos de personal laboral eventual que pueda prestar sus servicios en las Unidades Periféricas del Instituto de la Juventud con duración inferior en quince días, de acuerdo con las instrucciones que al respecto dicte reglamentariamente el Servicio correspondiente del Instituto de la Juventud.

3.° Queda derogada la Resolución de la Dirección del Instituto de la Juventud de 25 de abril de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo).

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 21 de febrero de 1980.–La Directora, Carmela García Moreno Teixeira.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/02/1980
  • Fecha de publicación: 07/03/1980
  • Fecha de derogación: 21/07/1985
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 25 de abril de 1979 (Ref. BOE-A-1979-12405).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Contratación de la Administración Institucional
  • Delegación de atribuciones
  • Delegaciones provinciales del Ministerio de Cultura
  • Instituto de la Juventud
  • Ministerio de Cultura

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