Excmo. Sr.: Por Resolución de 12 de abril de 1985, esta Dirección de la Seguridad del Estado delegó en el Gobernador civil de Gerona las facultades en materia de expulsión de extranjeros, al objeto de conseguir la agilización de los trámites tendentes a la urgente resolución de los expedientes que se instruyan al efecto.
Dado que persisten las mismas circunstancias que aconsejaron dicha delegación: a tenor de la preceptuado en el artículo 26 y en la disposición final primera de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, y, en relación con la misma, en el artículo 29 del Decreto 522/1974, de 14 de febrero, y en el artículo 2.º del Real Decreto 1617/1978, de 2 de junio, y de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, previa aprobación del Ministro del Interior, he resuelto:
Primero.- Delegar en el Gobernador civil de Gerona las facultades que me están conferidas para la tramitación y resolución de los expedientes de expulsión de extranjeros del territorio nacional, en el ámbito de la provincia de Gerona.
Segundo.- Siempre que se haga uso de la delegación contenida en esta Resolución deberá hacerse constar así expresamente, debiendo comunicar a esta Dirección, en cada caso que se decrete la expulsión el uso motivado de dicha facultad.
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