Está Vd. en

Documento BOE-A-1989-212

Orden de 21 de noviembre de 1988 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 16/1985, interpuesto contra este Departamento por «Farmaindustria».

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 1989, páginas 283 a 283 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1989-212
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/11/21/(1)

TEXTO ORIGINAL

De orden del excelentísimo señor Ministro se publica, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 8 de abril de 1988 por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-admimistrativo número 16/1985, promovido por "Farmaindustria", contra las Ordenes de 1 de diciembre de 1983, sobre registro de especialidades farmacéuticas, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor.

"Fallamos: Debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso interpuesto por "Farmaindustria, Asociación de Empresarios de la Industria Farmacéutica", contra las Ordenes de 1 de diciembre de 1983, numeradas como 32.377 y 32.378 en el "Boletín Oficial del Estado" de 9 de diciembre de ese año, y en consecuencia, declaramos:

1.º Que debemos anular y anulamos el apartado 1.º, letra a), del artículo 1.º de la Orden numerada como 32.377.

2.º Que el apartado b) del artículo 2.º de la misma Ordenes válido en tanto se interpreta en la forma precisada en el fundamento 4.º de esta sentencia.

3.º Que deben rechazarse las demás pretensiones del recurrente.

Sin que haya lugar a imposición de costas."

Lo que comunico a VV. II.

Madrid, 21 de noviembre de 1988.- P. D., el Director general de Servicios, Juan Alarcón Montoya.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Farmacia y Productos Sanitarios.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/11/1988
  • Fecha de publicación: 04/01/1989
Referencias anteriores
  • DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 8 de abril de 1988, por la que se anula el apartado 1, letra A) del art. 1 y se establecen condiciones a la Validez del apartado B) del art.2 de la Orden de 1 de diciembre de 1983 (Ref. BOE-A-1983-32377).
  • CITA Orden de 1 de diciembre de 1983 (Ref. BOE-A-1983-32378).
Materias
  • Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios
  • Especialidades y productos farmacéuticos
  • Laboratorios

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid