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Documento BOE-A-1990-18521

Ley 7/1990, de 19 de junio, de crédito extraordinario para la financiación del plan extraordinario de inversiones y mejoras de infraestructuras de las zonas turísticas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 1990, páginas 22620 a 22622 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Referencia:
BOE-A-1990-18521
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/l/1990/06/19/7

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA

DE LAS ISLAS BALEARES

SEA NOTORIO PARA TODOS LOS CIUDADANOS QUE EL PARLAMENTO DE LAS ISLAS BALEARES Y YO, EN NOMBRE DEL REY Y DE ACUERDO CON LO QUE SE ESTABLECE EN EL ARTICULO 27.2 DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA, TENGO A BIEN PROMULGAR LA SIGUIENTE LEY:

EXPOSICION DE MOTIVOS

ES DE SOBRA CONOCIDO QUE NINGUN PRODUCTO COMO EL TURISTICO SE HALLA TAN LIGADO EN SU ACEPCION CUALITATIVA A LAS INFRAESTRUCTURAS DEL ENTORNO EN QUE SE UBICA Y QUE LAS INFRAESTRUCTURAS DE NUESTRAS ZONAS TURISTICAS SON AUN DEFICITARIAS Y NO SE CORRESPONDEN CON NUESTRA IMPORTANCIA COMO DESTINO TURISTICO.

TAMBIEN ES CONOCIDO QUE DESDE EL PUNTO DE VISTA ECONOMICO ESTAMOS AFRONTANDO UNA NUEVA ETAPA QUE PRESENTA A NUESTROS DESTINOS TURISTICOS COMO MAS RICOS, DESARROLLADOS Y COMUNITARIOS, LO QUE HACE QUE EMPIECEN A SER CONSIDERADOS COMO TURISTICAMENTE CAROS Y QUE, COMO CONSECUENCIA, SE LES EXIJA UNA CALIDAD INFRAESTRUCTURAL SEMEJANTE A LA QUE DISFRUTAN EN SUS PROPIOS PAISES LOS TURISTAS QUE NOS VISITAN.

POR OTRO LADO, SI SE EXIGE A LA EMPRESA PRIVADA QUE MODERNICE SUS INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS, ES OBVIO QUE IGUALMENTE DEBEN LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS ASUMIR SU RESPONSABILIDAD DE RESOLVER LOS PROBLEMAS INFRAESTRUCTURALES QUE SEAN DE SU COMPETENCIA, HASTA CONSEGUIR EL LIDERAZGO EN INFRAESTRUCTURAS TURISTICAS EN NUESTRAS ISLAS, DE MANERA TAL QUE SU EFICACIA Y DISPONIBILIDAD SEAN MODELICAS Y EN TODOS LOS SENTIDOS SUPERIORES A LOS DESTINOS TURISTICOS DE LA COMPETENCIA.

A PESAR DE QUE LA MAYORIA DE COMPETENCIAS EN TEMAS INFRAESTRUCTURALES EN ZONAS TURISTICAS SON MUNICIPALES, ES OBVIO QUE A MENUDO LOS ENTES LOCALES, POR DESFASE ENTRE POBLACION DE HECHO Y DE DERECHO QUE ASUMEN, NO PUEDEN CON SUS PROPIOS PRESUPUESTOS HACER FRENTE A DETERMINADAS CARENCIAS.

ASI LO ENTIENDE EL GOBIERNO BALEAR Y, PREVIA LA ELABORACION DEL CORRESPONDIENTE DIAGNOSTICO DE CARENCIAS DE INFRAESTRUCTURAS DE CADA ZONA TURISTICA DE LAS ISLAS, QUIERE ABORDAR JUNTAMENTE CON LOS MUNICIPIOS CORRESPONDIENTE EL PLAN EXTRAORDINARIO DE INVERSIONES EN MEJORAS DE INFRAESTRUCTURA DE LAS MISMAS, QUE PERSIGUE LOS SIGUIENTES OBJETIVOS:

A) AUMENTAR EL NIVEL DE CALIDAD DEL ENTORNO DE NUESTRAS ZONAS TURISTICAS Y CON ELLO DE NUESTRA OFERTA TURISTICA GLOBAL.

B) AUMENTAR EL GRADO DE SATISFACCION Y DE REPETITIVIDAD DE NUESTROS VISITANTES.

C) POTENCIAR BALEARES EN LA OFERTA TURISTICA INTERNACIONAL COMO DESTINO CON INFRAESTRUCTURAS ACTUALIZADAS Y RENOVADAS.

D) GENERAR PUESTOS DE TRABAJO EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCION, EN PARTE AFECTADO POR LAS MEDIDAS DE ORDENACION DE NUEVAS CONSTRUCCIONES.

ARTICULO 1. SE APRUEBA EL PLAN EXTRAORDINARIO DE INVERSIONES Y MEJORAS DE INFRAESTRUCTURAS DE LAS ZONAS TURISTICAS, A DESARROLLAR CONJUNTAMENTE ENTRE LA COMUNIDAD AUTONOMA Y LOS MUNICIPIOS TURISTICOS DE LAS ISLAS BALEARES, Y ELLO A TENOR DE LOS PROYECTOS Y POR LAS CUANTIAS MAXIMAS QUE EN EL ANEXO DE LA PRESENTE LEY SE DESCRIBEN.

ART. 2. LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES SE OBLIGA A SUFRAGAR EL 60 POR 100 DEL COSTE DE CADA UNO DE LOS PROYECTOS QUE APARECEN RELACIONADOS EN EL CITADO ANEXO, CON LA CONDICION RESOLUTORIA DE QUE EL 40 POR 100 RESTANTE SEA ASUMIDO POR EL MUNICIPIO EN CUYO AMBITO DEBA EJECUTARSE EL PROYECTO EN CUESTION.

A TAL EFECTO SE ESTABLECERAN LOS PERTINENTES CONVENIOS DE COLABORACION QUE DETERMINARAN LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE CADA UNA DE LAS ADMINISTRACIONES, CON SUJECION A LAS NORMAS QUE DESARROLLA LA PRESENTE LEY.

ART. 3. LOS CONVENIOS DE FINANCIACION COMPARTIDA ENTRE EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES Y LOS MUNICIPOS TURISTICOS DEBERAN CONTENER LOS SIGUIENTES EXTREMOS, QUE SERAN DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO:

1. LOS PLANES DE LAS OBRAS PREVEERAN SU EJEUCION PRIORITARIA EN EPOCAS DE MINIMA OCUPACION TURISTICA.

2. TODAS Y CADA UNA DE LAS CERTIFICACIONES DE OBRA SE PAGARAN DE ACUERDO A LOS PORCENTAJES ESTIPULADOS EN EL ARTICULO 2.

3. A LOS ACTOS DE APERTURA DE PLICAS O PROPOSICIONES Y A LOS DE RECEPCION PROVISIONAL Y DEFINITIVA DE LAS OBRAS PODRA ASISTIR, CON VOZ Y SIN VOTO, UN REPRESENTANTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES. LA CONTRATACION Y EL SEGUIMIENTO DE LA OBRA SE EFECTUARAN POR EL CORRESPONDIENTE AYUNTAMIENTO.

4. LA RENUNCIA A UNA OBRA POR PARTE DE UN AYUNTAMIENTO NO LE DARA PRIORIDAD ALGUNA SOBRE LOS DEMAS MUNICIPIOS EN EL MOMENTO EN QUE DEBA EFECTUARSE UNA DISTRIBUCION DE LOS FONDOS DE REMANENTES.

ART. 4. EN TODO CASO NO PODRAN SER OBJETO DE FINANCIACION COMPARTIDA ENTRE EL GOBIERNO DE LAS ISLAS BALEARES Y LOS AYUNTAMIENTOS LAS OBRAS QUE CORRESPONDAN A:

1. URBANIZACIONES PRIVADAS NO RECIBIDAS FORMALMENTE POR EL RESPECTIVO AYUNTAMIENTO.

2. TERRENOS QUE NO SEAN DE PROPIEDAD O DOMINIO PUBLICO.

3. OBRAS CORRESPONDIENTES A DOMINIO PUBLICO MARITIMO-TERRESTRE QUE NO TENGAN AUTORIZACION O CONCESION ADMINISTRATIVA, O INFORME FAVORABLE DEL MOPU EN CASO PRECEPTIVO.

4. OBRAS QUE NO TENGAN PROYECTO DE EJECUCION REDACTADO POR TECNICO COMPETENTE Y, EN LOS CASOS EN QUE SEA PRECEPTIVO, VISADO COLEGIAL.

ART. 5. SE APRUEBA LA DOTACION DE UN CREDITO EXTRAORDINARIO, DENTRO DEL ESTADO DE GASTOS DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES PARA 1990, POR UN IMPORTE DE 1.500.000.000 DE PESETAS, HABILITANDO LA PARTIDA 12201-751200-60125 <INVERSIONES Y MEJORAS DE INFRAESTRUCTURAS DE LAS ZONAS TURISTICAS: LEY DE CREDITO EXTRAORDINARIO PARA 1990>.

CON CARGO A ESTA PARTIDA SOLAMENTE PODRAN ATENDERSE LAS INVERSIONES REALES Y OPERACIONES DE CAPITAL DESTINADAS A LOS FINES OBJETO DE ESTA LEY.

ART. 6. SE AUTORIZA AL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES PARA QUE FINANCIE LOS GASTOS QUE COMPORTE LA PRESENTE LEY MEDIANTE OPERACIONES DE CREDITO POR IMPORTE DE HASTA 8.539.291.858 PESETAS Y DETERMINE, A PROPUESTA DEL CONSEJERO DE ECONOMIA Y HACIENDA, LAS CARACTERISTICAS DE LAS MISMAS. DICHO ENDEUDAMIENTO SE CONTRAERA A TENOR DE LOS COMPROMISOS DE GASTOS ADQUIRIDOS Y SE CONCERTARA SEGUN LAS NECESIDADES DE PAGO QUE GENEREN LAS OBLIGACIONES A CUMPLIMENTAR ATENDIENDO AL CONTENIDO DE ESTA LEY.

DEL IMPORTE TOTAL AL QUE SE REFIERE EL APARTADO ANTERIOR, 1.500.000.000 DE PESETAS SE DESTINARAN A LA FINANCIACION DEL CREDITO EXTRAORDINARIO CONCEDIDO EN EL ARTICULO ANTERIOR.

ART. 7. EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES, ANTES DEL PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL PARLAMENTO DE CADA AÑO, REMITIRA A LA COMISION DE ECONOMIA, HACIENDA Y PRESUPUESTOS UNA INFORMACION DE LA SITUACION EN QUE SE ENCUENTRA EL PLAN EXTRAORDINARIO DE INVERSIONES Y MEJORAS DE INFRAESTRUCTURAS DE LAS ZONAS TURISTICAS Y DE SU GRADO DE EJECUCION:

A) INFORMACION SOBRE LAS OPERACIONES DE CREDITOS.

B) INFORMACION DE LAS CANTIDADES APORTADAS POR OTROS ENTES PUBLICOS O PRIVADOS DESTINADAS A LA FINANCIACION DE LAS OBRAS OBJETO DE ESTE PLAN.

C) LA DOTACION ACTUAL DEL FONDO DE REMANENTES DEL PLAN.

ART. 8. 1. LAS SUCESIVAS LEYES DE PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES CONTENDRAN EN SUS ESTADOS DE INGRESOS Y GASTOS LA DOTACION PRESUPUESTARIA PRECISA PARA ATENDER LAS OBLIGACIONES QUE DIMANEN DE LAS ACTIVIDADES A LAS QUE LA PRESENTE LEY SE REFIERE.

2. EN EL CASO DE QUE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES PERCIBIESE DE OTROS ENTES PUBLICOS O PRIVADOS, INGRESOS Y SUBVENCIONES PARA ATENDER A LOS GASTOS QUE GENERA LA PRESENTE LEY, ESTOS FONDOS DETERMINARAN BIEN LA NO CONCERTACION DE NUEVAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO, BIEN LA AMORTIZACION ANTICIPADA DE LAS OPERACIONES QUE SE HUBIERAN CONCERTADO.

ART. 9. 1. SE CREA UN FONDO DE REMANENTES DEL PLAN EXTRAORDINARIO DE INVERSIONES Y MEJORAS DE INFRAESTRUCTURAS DE LAS ZONAS TURISTICAS FORMADO POR:

A) LAS CANTIDADES NO EJECUTADAS POR RESOLUCION DE LOS CONVENIOS DE FINANCIACION COMPARTIDA.

B) LAS DIFERENCIAS QUE PUEDAN EXISTIR ENTRE EL PRECIO RESULTANTE DE LA EJECUCION DE LA OBRA Y EL PRESUPUESTO ESTIMADO EN EL ANEXO DE LA PRESENTE LEY.

2. LA APLICACION DEL FONDO DE REMANENTES PARA OTROS PROYECTOS NO INCLUIDOS EN EL ANEXO SE REALIZARA MEDIANTE APROBACION, QUE CORRESPONDERA:

A) AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES CUANDO EL PRESUPUESTO TOTAL QUE AFECTE A UN UNICO MUNICIPIO SEA IGUAL O INFERIOR A 100.000.000 DE PESETAS.

B) A LA COMISION DE ECONOMIA, HACIENDA Y PRESUPUESTOS DEL PARLAMENTO, QUE ACTUARA CON COMPETENCIA CUANDO EL PRESUPUESTO TOTAL QUE AFECTE A UN UNICO MUNICIPIO SEA SUPERIOR A 100.000.000 DE PESETAS.

DISPOSICION ADICIONAL

UNICA. SE AUTORIZA AL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES A DICTAR LAS NORMAS PERTINENTES EN DESARROLLO DE LA PRESENTE LEY.

DISPOSICION FINAL

UNICA. LA PRESENTE LEY ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES>.

POR LO TANTO, ORDENO QUE TODOS LOS CIUDADANOS GUARDEN ESTA LEY Y QUE LOS TRIBUNALES Y LAS AUTORIDADES A LOS QUE CORRESPONDA LA HAGAN GUARDAR.

PALMA DE MALLORCA, 13 DE JUNIO DE 1990.

JAUME CLADERA CLADERA,

CONSEJERO DE TURISMO

ALEXANDRE FORCADES JUAN,

CONSEJERO DE ECONOMIA Y HACIENDA

GABRIEL CAÑELLAS FONS,

PRESIDENTE

ANEXO

PLAN EXTRAORDINARIO DE INVERSIONES Y MEJORAS DE INFRAESTRUCTURAS

DE LAS ZONAS TURISTICAS

ISLA DE MALLORCA

ALCUDIA

A) URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO DE LA PLAZA DE ALCUDIA (DESDE EL PUERTO HASTA LA CALLE ACACIES) Y DE LAS ZONAS TUCAN Y AVENIDA PERE MAS I REUS.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

972.201.892 PESETAS.

B) URBANIZACION DE ZONA MARISTANY (PUERTO DE ALCUDIA). PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 26.302.583 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE ALCUDIA: 998.504.475 PESETAS.

ANDRATX

EMBELLECIMIENTO, MEJORAS URBANAS Y DOTACION DE SERVICIOS EN EL NUCLEO URBANO DEL PUERTO DE ANDRATX. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 253.946.564 PESETAS.

ARTA

A) INSTALACION DE MOBILIARIO URBANO EN LA COLONIA DE SANT PERE. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 26.718.083 PESETAS.

B) URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO DE MONTFARRUTX. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 140.029.493 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE ARTA: 166.747.576 PESETAS.

BANYALBUFAR

CONSTRUCCION DE UN EDIFICIO DE APARCAMIENTO DE VARIAS PLANTAS. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 50.000.000 DE PESETAS.

CALVIA

A) REMODELACION AREA URBANA DE MAGALUF.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 980.894.830 PESETAS.

B) ORDENACION PASEO MARITIMO DE PALMANOVA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 868.237.131 PESETAS.

C) RONDA URBANA Y SEMIPEATONIZACION DE LA C-719 DE PEGUERA Y VIALES DE SERVICIO.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 153.853.112 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE CALVIA:

2.002.985.073 PESETAS.

CAMPOS

DOTACION EN EL NUCLEO URBANO DE SA RAPITA DE ALUMBRADO PUBLICO, TRATAMIENTO DE ZONAS VERDES Y ACERA EN LA CARRETERA DE S'ESTANYOL A SA RAPITA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 181.683.712 PESETAS.

CAPDEPERA

A) URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO EN CALA RATJADA.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 318.438.855 PESETAS.

B) URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO ZONA PLAYA DE CANYAMEL. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 163.141.873 PESETAS.

C) MEJORA PAVIMENTACION DE LA CALLE FONT DE SA CALA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 11.939.376 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE CAPDEPERA:

493.520.104 PESETAS.

DEIA

A) ARREGLO DEL CAMINO A LA CALA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

5.389.443 PESETAS.

ESCORCA

A) REMODELACION DE LA PLAZA PELEGRINS. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 2.917.746 PESETAS.

B) APARCAMIENTO PUBLICO DEL MONESTIR. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 22.465.433 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE ESCORCA: 25.383.179 PESETAS.

FELANITX

A) URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO DE CALLES Y ZONAS DE PORTOCOLOM. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

216.073.039 PESETAS.

B) URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO AVENIDA DE CALA MAR AL.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 50.998.353 PESETAS.

C) URBANIZACION Y MEJORA DE ZONA VERDE EN CALA FERRERA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 4.807.347 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE FELANITX: 271.878.738 PESETAS.

LLUCMAJOR

A) TRATAMIENTO DE MIRAMAR EN S'ARENAL.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 237.600.000 PESETAS.

B) TRATAMIENTO DEL NUCLEO URBAMO DE S'ARENAL. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

213.786.665 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE LLUCMAJOR: 451.386.665 PESETAS.

MANACOR

A) ACTUACIONES EN PORTOCRISTO. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

72.403.067 PESETAS.

B) ACTUACIONES EN EL CENTRO DE INTERES TURISTICO NACIONAL DE CALAS DE MALLORCA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

120.957.099 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE MANACOR:

193.360.166 PESETAS.

MURO

A) CONSTRUCCION DE UN EDIFICIO MUNICIPAL DE EQUIPAMIENTOS Y ESPACIO AJARDINADO ANEXO. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 127.819.587 PESETAS.

B) SEÑALIZACION TURISTICA, DOTACION DE MOBILIARIO URBANO Y MEJORA DEL ALUMBRADO PUBLICO.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 38.707.942 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE MURO:

166.526.229 PESETAS.

PALMA

A) URBANIZACION DEL PASEO Y FRENTE MARITIMO DE LA PLAYA DE PALMA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 417.031.068 PESETAS.

POLLEN A

A) URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO DEL PUERTO DE POLLEN A.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 542.000.000 DE PESETAS.

B) ACTUACION EN EL NUCLEO URBANO DE CALA SANT VICEN : PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 51.985.920 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE POLLEN A: 593.985.920 PESETAS.

SANT LLOREN DES CARDASSAR

A) URBANIZACION ES CARRERO: PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

90.160.281 PESETAS.

B) REFORMA DEL PASEO MARITIMO DE S'ILLOT. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 60.974.562 PESETAS.

C) REFORMA DE LA CALLE COLON Y DEL PASEO MARITIMO DE CALA MILLOR. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 523.140.147 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE SANT LLOREN DES CARDASSAR: 674.274.990 PESETAS.

SANTA MARGALIDA

A) ACTUACIONES DE URBANIZACION EN LAS ZONAS TURISTICAS DE CAN PICAFORT. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 660.021.981 PESETAS.

SANTANYI

A) ACTUACION DE MEJORAS EN LA PLAYA CALA SANTANYI. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 30.973.374 PESETAS.

B) ACTUACIONES DE URBANIZACION DE ZONAS DE CALA FIGUERA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 108.354.311 PESETAS.

C) ACTUACIONES DE URBANIZACION EN ZONAS DE CALA D'OR. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

360.905.418 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE SANTANYI: 500.233.102 PESETAS.

SES SALINES

EMBELLECIMIENTO Y PAVIMENTACION DEL NUCLEO URBANO DE LA COLONIA DE SANT JORDI. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 197.698.525 PESETAS.

SON CERVERA A) ACTUACIONES URBANISTICAS EN CALA MILLOR. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

678.577.473 PESETAS.

VALLDEMOSSA

A) EMPEDRADO DE LAS CALLES AMARGURA, MIRANDA, JARDINES Y PLAZA DE LA CARTOIXA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 37.806.560 PESETAS.

B) URBANIZACION DE LA ENTRADA A LA VILA.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 2.679.040 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE VALLDEMOSSA: 40.485.600 PESETAS.

ISLA DE MENORCA

ALAIOR

DOTACION DE ALUMBRADO PUBLICO Y EMBELLECIMIENTO INTEGRAL DE LA URBANIZACION CALA'N PORTER.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 265.048.557 PESETAS.

CIUTADELLA DE MENORCA

A) ZONA VERDE, REFORMA ESCALERA Y SOLARIUM EN CALA MORELL. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 10.400.000 PESETAS.

B) PAVIMENTACION ASFALTICA, ACERAS, ALUMBRADO, SEÑALIZACION Y ORDENACION DE ZONA VERDE EN CALA BLANCA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 116.460.223 PESETAS.

C) PAVIMENTACION ASFALTICA, SEÑALIZACION Y ORDENACION DE ZONA VERDE EN URBANIZACION SERPENTONA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 51.902.680 PESETAS.

D) PAVIMENTACION ASFALTICA Y SEÑALIZACION EN CALES PIQUES, TORRE DEL RAM, CALA'N BLANES, CALA'N BOSCH Y CAP ARTUTX.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 101.125.332 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE CIUTADELLA DE MENORCA: 279.888.235 PESETAS.

ES CASTELL

AJARDINAMIENTO DE ZONAS VERDES DE SON VILAR. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

31.979.732 PESETAS.

FERRERIES

OBRAS DE EQUIPAMIENTO Y EMBELLECIMIENTO EN LA URBANIZACION DE CALA GALDANA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 10.169.458 PESETAS.

MAO

URBANIZACION Y MEJORA DEL PARQUE ROXINA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 41.399.246 PESETAS.

ES MERCADAL

A) DOTACION DE INFRAESTRUCTURAS EN EL NUCLEO URBANO DE SES SALINES. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

62.768.402 PESETAS.

B) MEJORA DE PLAZAS PUBLICAS Y PARTE DE PASEO MARITIMO EN FORNELLS. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

37.254.387 PESETAS.

C) PROYECTO DE ALUMBRADO PUBLICO EN LA URBANIZACION NA MACARET. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

11.301.658 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE ES MARCADAL: 111.324.447 PESETAS.

SANT LLUIS

A) MEJORA EN SECTORES URBANOS. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

178.495.741 PESETAS.

B) VIA PANORAMICA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

154.880.840 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE SANT LLUIS: 333.376.581 PESETAS.

ISLA DE EIVISSA

EIVISSA

A) URBANIZACION DEL PASEO MARITIMO Y CALLE PERIMETRAL. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 343.712.460 PESETAS.

B) ACONDICIONAMIENTO DEL PASEO PERIMETRAL DEL POLIGONO 16, EN LA RIBERA NORTE DEL PUERTO DE EIVISSA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 39.614.500 PESETAS.

C) PROYECTO DE URBANIZACION DE LA UNIDAD DE ACTUACION-11, ES POUET, SES FIGUERES.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 150.737.511 PESETAS.

D) EMBELLECIMIENTO ZONA PLAYA D'EN BOSSA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 146.570.153 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE EIVISSA: 680.634.624 PESETAS.

SANT ANTONI DE PORTMANY

A) REMODELACION DEL PASEO MARITIMO (FASES I Y II). PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

317.594.490 PESETAS.

B) DOTACION DE INFRAESTRUCTURA, PAVIMENTACION, ALUMBRADO Y AJARDINAMIENTO DEL NUCLEO URBANO. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

776.599.268 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE SANT ANTONI DE PORTMANY:

1.094.193.758 PESETAS.

SANT JOSEP DE SA TALAIA

A) URBANIZACION DEL FRENTE MARITIMO DE LA BAHIA DE SANT ANTONI. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

526.048.519 PESETAS.

B) REMODELACION PLAYA D'EN BOSSA Y ACONDICIONAMIENTO DE ACCESOS AL AEROPUERTO. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 100.000.000 DE PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA: 626.048.519 PESETAS.

SANT JOAN DE LABRITJA

A) PAVIMENTACION ASFALTICA Y CREACION DE UN APARCAMIENTO PUBLICO EN EL NUCLEO DE PORTINATX.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 35.147.824 PESETAS.

B) URBANIZACION DEL FRENTE MARITIMO DEL PUERTO DE SANT MIQUEL.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 10.410.875 PESETAS.

C) URBANIZACION EN EL NUCLEO DE CALA SANT VICENT. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 25.821.530 PESETAS.

D) URBANIZACION EN EL NUCLEO DE SANT MIQUEL. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

24.971.288 PESETAS.

E) URBANIZACION EN EL NUCLEO DE SANT JOAN. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

10.572.110 PESETAS.

F) URBANIZACION EN EL NUCLEO DE SANT LLOREN .

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 1.336.400 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE SANT JOAN DE LABRITJA: 108.260.027 PESETAS.

SANTA EULARIA DES RIU

A) MEJORAS INFRAESTRUCTURA ZONA TURISTICA ES CANA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

255.400.520 PESETAS.

B) MEJORAS INFRAESTRUCTURA ZONA TURISTICA DE SANTA EULARIA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 351.254.570 PESETAS.

C) MEJORAS INFRAESTRUCTURA ZONA TURISTICA DE URBANIZACION SIESTA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

232.980.850 PESETAS.

D) MEJORAS INFRAESTRUCTURA ZONA TURISTICA CALA LLONGA.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 253.920.870 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE SANTA EULARIA DES RIU: 1.092.557.810 PESETAS.

ISLA DE FORMENTERA

A) URBANIZACION CALLES DE ES PUJOLS.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 265.378.287 PESETAS.

B) PASEO PEATONAL EN ES CALO DE SANT AGUSTI. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

17.990.076 PESETAS.

C) URBANIZACION AVENIDA PRINCIPAL DE LA SAVINA.

PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 45.026.523 PESETAS.

D) PASEO EN CA MARI. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 13.651.519 PESETAS.

E) URBANIZACION CALLE DE ACCESO A SA ROQUETA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 17.523.431 PESETAS.

F) URBANIZACION DE CALLE PRINCIPAL EL PILAR DE LA MOLA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

15.639.093 PESETAS.

G) URBANIZACION EN EL NUCLEO URBANO DE SANT FERRAN DE SES ROQUES. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS: 61.675.073 PESETAS.

H) URBANIZACION EN EL NUCLEO DE SANT FRANCESC DE FORMENTERA. PRESUPUESTO DE LAS OBRAS:

96.766.517 PESETAS.

TOTAL MUNICIPIO DE FORMENTERA: 533.651.519 PESETAS.

TOTAL PRESUPUESTOS PLAN EXTRAORDINARIO DE INVERSIONES Y MEJORAS DE INFRAESTRUCTURAS DE LAS ZONAS TURISTICAS

TOTAL ISLA DE MALLORCA:

9.023.620.584 PESETAS.

TOTAL ISLA DE MENORCA:

1.073.186.256 PESETAS.

TOTAL ISLA DE EIVISSA: 3.601.694.738 PESETAS.

TOTAL ISLA DE FORMENTERA:

533.651.519 PESETAS.

TOTAL CIMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES:

14.232.153.097 PESETAS.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 19/06/1990
  • Fecha de publicación: 02/08/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 05/07/1990
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el BOIB núm. 81, de 5 de julio de 1990.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 27.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero (Ref. BOE-A-1983-6316).
Materias
  • Baleares
  • Comunidades Autónomas
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Inversiones
  • Turismo

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