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Documento BOE-A-1993-1916

Resolución de 21 de diciembre de 1992, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo del sector de Ciclo de Comercio de Papel y Artes Gráficas.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 1993, páginas 2066 a 2067 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1993-1916
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1992/12/21/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo del sector del Ciclo de Comercio de Papel y Artes Gráficas, que fue suscrito con fecha 9 de septiembre de 1992, de una parte por la Comisión Mixta del Convenio Colectivo, en representación de los trabajadores y las Empresas del Sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

Esta Dirección General acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial de dicho Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 21 de diciembre de 1992.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA REUNION DE LA COMISION MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE TRABAJO PARA EL CICLO DE COMERCIO DEL PAPEL Y ARTES GRAFICAS, CELEBRADA EL DIA 30 DE SEPTIEMBRE DE 1992

Asistentes: Representación de los Trabajadores: CC.OO., UGT.

Representación de los empresarios: ANEPOE, FANDE, CEGAL, Asociación Nacional de Almacenistas de Papel y Cartón.

En Madrid, a las diecisiete horas del día 30 de septiembre de 1992, se reúnen, previa convocatoria, y en el domicilio de la Comisión Mixta del Convenio Colectivo Nacional del Ciclo de Comercio del Papel y Artes Gráficas, calle Villalar, número 6, los representantes de los trabajadores y de los empresarios anteriormente reseñados, actuando como Secretario de actas don Julio Crespo Esteban.

El único asunto a tratar en esta reunión es la firma por ambas partes de las tablas para el período del 1 de mayo de 1991 al 30 de abril de 1992 (artículo 8.2.1, párrafo segundo del Convenio firmado el 12 de marzo de 1991).

Abierta la sesión, las partes exponen sus diferentes puntos de vista y llegan al acuerdo de la firma de las tablas salariales para el mencionado período.

TABLA SALARIAL

1 de mayo de 1991 a 30 de abril de 1992

/ Salario base - Total anual / Plus lineal - Total anual /

Grupo I

Personal técnico titulado:

Titulado grado superior / 1.708.736 / 60.000 /

Titulado grado medio / 1.452.139 / 60.000 /

Ayudante Técnico Sanitario / 1.152.817 / 60.000 /

Grupo II

Personal mercantil técnico no titulado:

Director / 1.734.337 / 60.000 /

Jefe de División / 1.627.448 / 60.000 /

Jefe de Personal / 1.452.187 / 60.000 /

Jefe de Compras / 1.452.187 / 60.000 /

Jefe de Ventas / 1.452.187 / 60.000 /

Encargado General / 1.452.187 / 60.000 /

Jefe de Sucursal / 1.319.674 / 60.000 /

Jefe de Almacén / 1.316.844 / 60.000 /

Jefe de Grupo / 1.221.220 / 60.000 /

Jefe de Sección Mercantil / 1.195.602 / 60.000 /

Encargado de Establecimiento / 1.195.602 / 60.000 /

Intérprete / 1.071.451 / 60.000 /

Personal mercantil propiamente dicho:

Viajante / 1.084.421 / 60.000 /

Corredor de Plaza / 1.071.451 / 60.000 /

Dependiente / 1.097.291 / 60.000 /

Dependiente Mayor / 1.182.734 / 60.000 /

Ayudante / 992.495 / 60.000 /

Aprendiz de 16 años / 547.329 / 24.000 /

Aprendiz de 17 años (1) / 547.329 / 24.000 /

Grupo III

Personal técnico no titulado:

Director / 1.734.337 / 60.000 /

Jefe de División / 1.627.448 / 60.000 /

Jefe Administrativo / 1.554.799 / 60.000 /

Secretario / 1.162.238 / 60.000 /

Contable / 1.212.710 / 60.000 /

Jefe de Sección Administrativo / 1.315.323 / 60.000 /

Personal administrativo:

Contable, Cajero o Taquim. en idioma extranj. / 1.212.710 / 60.000 /

Oficial Admvo. u Operador en máquina contable. / 1.105.801 / 60.000 /

Auxiliar Administrativo o Perforista / 1.011.748 / 60.000 /

Aspirante de 17 a 18 años (1) / 547.329 / 24.000 /

Auxiliar de Caja de 16 a 18 años (1) / 547.329 / 24.000 /

Auxiliar de Caja mayor de 18 años / 1.016.026 / 60.000 /

Grupo IV

Personal de servicio y actividades:

Jefe de Servicio / 1.311.021 / 60.000 /

Dibujante / 1.293.949 / 60.000 /

Escaparatista / 1.191.359 / 60.000 /

Ayudante de Montaje / 992.495 / 60.000 /

Delineante / 1.298.250 / 60.000 /

Visitador / 1.139.989 / 60.000 /

Rotulista / 1.139.989 / 60.000 /

Jefe de Taller / 1.080.170 / 60.000 /

Profesional de Oficio de 1. / 1.041.676 / 60.000 /

Profesional de Oficio de 2. / 1.003.206 / 60.000 /

Ayudante de Oficio / 992.495 / 60.000 /

Capataz / 1.041.676 / 60.000 /

Mozo especializado / 992.495 / 60.000 /

Ascensorista / 992.495 / 60.000 /

Telefonista / 992.495 / 60.000 /

Mozo y Personal Limpieza / 992.495 / 60.000 /

Empaquetador / 992.495 / 60.000 /

Grupo V

Personal Subalterno:

Conserje / 1.003.206 / 60.000 /

Cobrador / 998.826 / 60.000 /

Vigilante, Sereno, Ordenanza, Portero / 992.495 / 60.000 /

Personal limpieza (por horas) (2) / 404 / 24 /

(1) Revisión. Los trabajadores de esta categoría con antigüedad de un año percibirán, como salario base 563.729 pesetas, y como plus lineal 30.000 pesetas.

(2) Este cálculo está hecho a base de una hora diaria con derecho a 15 pagas y un mes de vacaciones.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/12/1992
  • Fecha de publicación: 26/01/1993
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Artes Gráficas
  • Convenios colectivos
  • Industria papelera

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