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Documento BOE-A-1993-22274

Resolución de 19 de abril de 1993, de la Universidad de Zaragoza, por la que se hace público el plan de estudios conducente a la obtención del título de Diplomado en Terapia Ocupacional en la Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud de Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 31 de agosto de 1993, páginas 26140 a 26144 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1993-22274

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen las directrices generales comunes de los Planes de Estudios de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional,

Este Rectorado ha resuelto publicar el Plan de Estudios correspondiente al título oficial de Diplomado en Terapia Ocupacional, a impartir en la Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud de Zaragoza, que fue aprobado el 16 de junio de 1992 por la Junta de Gobierno de la Universidad de Zaragoza y homologado por el Consejo de Universidades, por acuerdo de su Comisión Académica de 28 de septiembre de 1992.

El Plan de Estudios queda estructurado conforme figura en el siguiente anexo.

Zaragoza, 19 de abril de 1993.-El Rector, Juan José Badiola Díez.

ANEXO

Plan de Estudios de las enseñanzas conducentes al título de Diplomado en Terapia Ocupacional, a impartir en la Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud de Zaragoza

Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza dedican el capítulo I del título <Docencia e Investigación>, a los <Planes de Estudio>, y en su artículo 102, se especifica que <todo plan de estudios deberá ir precedido de un análisis razonado de los objetivos de formación y aprendizaje que se pretenden> alcanzar con el Plan de Estudios que se articulará posteriormente. La Junta de Gobierno de la Universidad de Zaragoza de 31 de enero de 1991 señaló el procedimiento para la reforma de los Planes de Estudios.

En esta perspectiva, se encargó a la Comisión de Planes de Estudio de la Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud de Zaragoza la elaboración del proyecto de <perfil y objetivos para las enseñanzas conducentes al título de Diplomado en Terapia Ocupacional>, que finalmente fue aprobado el 20 de mayo de 1992.

Trazar unos objetivos para el Diplomado en Terapia Ocupacional exige partir de las funciones, actividades y tareas que le pueden ser encomendadas en su ejercicio profesional, para establecer el tipo y el nivel de los conocimientos, habilidades y actitudes que han de constituir el aprendizaje del estudiante. El objetivo general de esta diplomatura será preparar profesionales que cumplan con las funciones de la Terapia Ocupacional. Estas funciones generales se configuran en torno al logro de la mayor independencia y reinserción física, psíquica, social y laboral del individuo a través de actividades ocupacionales aplicadas con fines terapéuticos. La realización de estas funciones podrá llevarlas a cabo en Entidades públicas, Entidades privadas a través del ejercicio libre de la profesión.

El ejercicio práctico de la Terapia Ocupacional se polariza hacia la realización de:

La prevención y rehabilitación de la función motora y sensorial.

La prevención y rehabilitación de las capacidades en salud mental.

La enseñanza de actividades de la vida diaria.

El desarrollo de la tolerancia al trabajo, conservación de destrezas y aptitudes.

La explotación y orientación prevocacional.

La asistencia y apoyo en períodos largos de internamiento.

La asesoría y asistencia en la comunidad.

Las consultas y asesorías de Empresas.

La orientación de nuevos intereses recreativos y ocupacionales.

Los objetivos educativos de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Diplomado en Terapia Ocupacional se expresan como conocimientos, habilidades y actitudes teniendo como finalidad la configuración del proceso educativo.

El alumno no debe ser preparado para desempeñar un puesto concreto, sino que debe estar capacitado al término de su formación para insertarse en cualquier campo de trabajo dentro de su ámbito profesional. De esto se deduce que su formación debe abarcar los conocimientos básicos de la actividad profesional, única forma de instrumentar sus <habilidades> para que profesionalmente <sea capaz de hacer lo que le corresponde hacer>.

En consecuencia, se articula el siguiente Plan de Estudios, aprobado en Junta de Gobierno de 16 de junio de 1992:

(PLAN DE ESTUDIOS OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/04/1993
  • Fecha de publicación: 31/08/1993
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-27707).
    • art. 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto (Ref. BOE-A-1983-23432).
  • CITA estatutos aprobados por Real Decreto 1271/1985, de 29 de mayo (Ref. BOE-A-1985-15682).
Materias
  • Planes de estudios
  • Terapia Ocupacional
  • Universidad de Zaragoza

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