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Documento BOE-A-1993-4673

Conflictos positivos de competencia acumulados números 319 y 359/1986; 959, 964 y 971/1987, y 263/1988, planteados por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, el Gobierno vasco y el Gobierno valenciano.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 1993, páginas 5259 a 5259 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1993-4673

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 9 de febrero actual, ha acordado:

1. Tener por desistido al Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña de los conflictos positivos de competencia registrados con los número 319/1986 y 964/1987, planteados, respectivamente, en relación con los artículos 4.°, apartado 1, epígrafes a), excepto el párrafo 2.°, y b), ambos en relación con el artículo 2.° y, por necesaria conexión, los apartados 1 y 4 del artículo 5.9; 7 .0, apartados 1 y 2; 8.° párrafos 3.° y 4.0, desde «a requerimiento del Banco de España (...) hasta el final del párrafo cuarto», del Real Decreto 2254/1985, de 20 de noviembre, por el que se desarrolla el título primero de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información e intermediarios financieros; y con los artículos 2, 1b) y 2.1c), en relación con el artículo 3; 5, párrafos segundo y tercero, y la disposición transitoria del Real Decreto 321/1987, de 27 de febrero, por el que se regula el coeficiente de inversión obligatoria de las Entidades de Depósito, y

2. Continuar la tramitación de-los conflictos positivos de competencia acumulados registrados con los números 359/1986, 959/1987, 971/1987 y 263/1988, interpuestos el primero y el tercero por el Gobierno vasco y los otros dos por el Gobierno valenciano.

Madrid, 9 de febrero de 1993.-El Presidente del Tribunal Constitucional, RODRIGUEZ-PIÑERO Y BRAVO-FERRER

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 09/02/1993
  • Fecha de publicación: 19/02/1993
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • el desistimiento del recurrente en el CONFLICTO 964/1987 (Ref. BOE-A-1987-17987).
    • el desistimiento del el desistimiento del recurrente en el CONFLICTO 319/1986 (Ref. BOE-A-1986-10112).
Materias
  • Administración Local
  • Agricultura
  • Banca
  • Banco de Crédito Agrícola
  • Banco de España
  • Banco Hipotecario de España
  • Bienes de equipo
  • Buques
  • Caja Postal de Ahorros
  • Cajas de Ahorro
  • Cajas Rurales
  • Cataluña
  • Comercio exterior
  • Compañía Telefónica Nacional de España
  • Comunidades Autónomas
  • Confederación Española de Cajas de Ahorro
  • Conflictos de Competencia
  • Construcciones
  • Construcciones navales
  • Cooperativas de crédito
  • Crédito Oficial
  • Créditos
  • Deuda Pública
  • Divisas
  • Empresas
  • Energía eléctrica
  • Explotaciones familiares
  • Exportaciones
  • Ganado vacuno
  • Haciendas Locales
  • Hipoteca
  • Industrias
  • Intereses
  • Inversiones
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Mercados
  • Moneda extranjera
  • Préstamos
  • Reforma y desarrollo agrario
  • Seguro sobre la vida
  • Servicio de Extensión Agraria
  • Servicio Nacional de Productos Agrarios
  • Títulos valores
  • Tribunal Constitucional
  • Turismo
  • Urbanismo
  • Viviendas
  • Viviendas de Protección Oficial

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