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Documento BOE-A-1994-24464

Orden de 26 de octubre de 1994 por la que se convoca la primera Edición de la Catedra «Severo Ochoa» en Biologia y Biomedicina y se modifica la composición del Jurado.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 7 de noviembre de 1994, páginas 34479 a 34490 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1994-24464
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1994/10/26/(2)

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 5 de enero de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 12), y en cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 1993, fue creada la Cátedra «Severo Ochoa» en Biología y Biomedicina, con carácter de Premio Nacional de Investigación y con la finalidad de distinguir a aquellos investigadores nacionales y extranjeros que hayan destacado de manera relevante en el citado ámbito científico. Dicha Orden dispone que anualmente se convocará el mencionado Premio, cuya primera edición tendrá lugar en 1994.

Las competencias en materia de investigación que anteriormente se atribuían a la suprimida Dirección General de Ordenación de la Investigación y Formación del Ministerio de Sanidad y Consumo han sido asumidas, en virtud del Real Decreto 1415/1994, de 25 de junio, por las Subdirecciones Generales de Coordinación de la Investigación y de Formación y Difusión de la Investigación, ambas integradas en el Instituto de Salud «Carlos III». Por ello se hace preciso modificar la composición del Jurado que otorga el citado Premio.

En su virtud, he tenido a bien disponer:

Primero.-Se convoca la Cátedra «Severo Ochoa» en su primera edición, con sujeción a las bases que figuran en el anexo a la presente Orden.

Segundo.-Se modifica el apartado undécimo de la Orden de 5 de enero de 1994, que queda redactado en los siguientes términos:

«El Jurado que otorga el Premio estará presidido por el Ministro de Educación y Ciencia, con el Secretario de Estado de Universidades e Investigación como Vicepresidente, y formarán parte del mismo ocho investigadores de méritos relevantes en el área de Biología y Biomedicina, nombrados por el Presidente del Jurado, a propuesta de las siguientes instituciones:

Dos investigadores propuestos por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Dos investigadores propuestos por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva.

Un investigador propuesto por la Dirección General de Investigación Científica y Técnica.

Un investigador propuesto por la Secretaría General del Plan Nacional de I + D de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología.

Dos investigadores propuestos por el Instituto de Salud «Carlos III».

Actuará como Secretario con voto el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.»

Madrid, 26 de octubre de 1994.

SUAREZ PERTIERRA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Universidades e Investigación.

ANEXO

Bases de la convocatoria de la primera edición de la Cátedra «Severo Ochoa» en Biología y Biomedicina

I. Modalidad

La edición de la Cátedra «Severo Ochoa» para el año 1994 se convoca en su modalidad de estancia del investigador premiado en un centro extranjero.

II. Requisitos de los candidatos

Haber realizado en España una labor investigadora relevante en el campo de la Biología y la Biomedicina durante los cinco últimos años.

III. Propuesta de candidatos

Los candidatos que concurran a la Cátedra podrán ser presentados por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, las Reales Academias de España, el Consejo de Universidades, las Universidades o por un conjunto de, al menos, diez científicos del área mencionada.

Las instituciones o grupos proponentes enviarán al Presidente del Jurado un escrito en el que harán constar los méritos y circunstancias especiales que concurran en el investigador que presentan, así como una propuesta del plan de estancia y trabajo a realizar. Esta documentación deberá ir acompañada de la aceptación del candidato por parte del centro investigador elegido por el mismo para la estancia en el extranjero.

En todo caso, con las propuestas habrán de remitirse las cinco publicaciones más representativas del trabajo realizado, el currículum vitae del candidato y cualquier otra documentación que pueda ser de interés para la decisión que haya de adoptar el Jurado.

IV. Cuantía del Premio

La Cátedra en la presente edición está dotada con la cantidad de 7.000.000 de pesetas. Dicho importe deberá sufragar necesariamente los gastos que ocasione la estancia al candidato premiado, incluyendo desplazamiento desde su lugar de procedencia y regreso, alojamiento y otros que pudieran derivarse del disfrute del Premio.

La referida cantidad será entregada al beneficiario con dos meses de antelación a la fecha fijada para el comienzo de su estancia en el extranjero.

V. Jurado

El Jurado tendrá la composición establecida en el apartado undécimo de la Orden de 5 de enero de 1994, modificado por el apartado segundo de la Orden que aprueba la presente convocatoria.

El fallo del Jurado será inapelable, y podrá declararse desierto el Premio si se considera que los méritos presentados por los candidatos no son suficientes para que sea otorgado.

VI. Plazos

El plazo para la presentación de candidatos será de tres meses a partir de la publicación de la presente convocatoria. Transcurrido el mismo, el Jurado deberá adoptar su decisión dentro de los tres meses siguientes.

El período de estancia en el extranjero del candidato premiado será de un año. No podrán transcurrir más de tres años entre la concesión del Premio y la finalización de la estancia del beneficiario en el país en que vaya a realizar su trabajo. Si transcurridos dos años desde su concesión, el investigador seleccionado no se hace cargo del Premio otorgado perderá todo derecho a su disfrute, quedando anulado y sin efecto el fallo del Jurado por el que le hubiera sido concedido.

VII. Compatibilidad

La obtención y disfrute de la Cátedra «Severo Ochoa» será compatible con cualquier tipo de remuneración, beca, ayuda o prestación, así como con la percepción de subvenciones y ayudas para estancia en centros de investigación, tanto españoles como extranjeros, incluido el régimen de año sabático.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/10/1994
  • Fecha de publicación: 07/11/1994
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 11 de la Orden de 5 de enero de 1994 (Ref. BOE-A-1994-618).
  • CITA Real Decreto 1415/1994, de 25 de junio (Ref. BOE-A-1994-14888).
Materias
  • Biología
  • Consejo Superior de Investigaciones Científicas
  • Investigación científica
  • Medicina
  • Premios
  • Universidades

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