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Documento BOE-A-1994-26203

Resolución de 22 de octubre de 1994, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se adecuan los procedimientos administrativos de gestión académica a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 28 de noviembre de 1994, páginas 36301 a 36303 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1994-26203
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1994/10/22/(1)

TEXTO ORIGINAL

La disposición adicional tercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por el Real Decreto-ley 14/1993, de 4 de agosto, establece que, reglamentariamente se llevará a efecto la adecuación a la misma de las normas reguladoras de los distintos procedimientos administrativos, cualquiera que sea su rango, con específica mención de los efectos estimatorios o desestimatorios que la falta de resolución expresa produzca.

A su vez, el propio artículo 42.2 del citado cuerpo legal establece que cuando el número de solictiudes formuladas impidan razonablemente el cumplimiento de los plazos previstos podrá el órgano administrativo realizar una amplicación de los mismos que posibilite la adopción de una resolución expresa al competente para resolver; e, igualmente, el artículo 43, párrafo último autorizada a cada Administración, para mejor conocimiento de los ciudadanos (y por esta Resolución, de la Comunidad universitaria) la publicación, de acuerdo con el régimen de los actos presuntos previsto, una relación de los procedimientos en que la falta de resolución expresa produce efectos estimatorios y de aquellos en que los produce desestimatorios.

De conformidad con lo antedicho, por medio de esta Resolución se efectúa la adecuación de los procedimientos administrativos que se tramitan en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en los siguientes términos:

1. Ambito de aplicación.-La presente Resolución tiene por objeto la adecuación a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las normas reguladoras de los procedimientos administrativos universitarios en materia de gestión académica, así como el órgano competente para resolverlos, a los efectos de la aplicación a éstos del capítulo II del título VII de la misma.

2. Plazos para resolver y efectos de la falta de resolución.-Los procedimientos que se detallan en el anexo deberán ser resueltos en el plazo máximo indicado en cada uno de ellos.

Transcurrido el plazo máximo para resolver por el órgano competente el procedimiento correspondiente, y no habiendo recaído resolución expresa, se entenderá estimada o desestimada la solicitud, escrito o comunicación, de acuerdo con lo establecido para cada supuesto en el citado anexo.

3. Régimen transitorio de los procedimientos.-Los procedimientos universitarios incluidos en el anexo de la presente Resolución que se hayan iniciado antes de su entrada en vigor se regirán por la normativa anterior, salvo cuando estén relacionados con servicios académicos a prestar durante el curso 1994-1995, en que serán de plena aplicación los plazos y efectos determinados en el mismo.

4. Entrada en vigor.-La presente Resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de octubre de 1994.-El Rector, Mariano Artés Gómez.

ANEXO

Procedimientos en materia de gestión académica

A) Procedimiento: Preinscripción (traslado de expediente, simultaneidad de estudios).

Plazo máximo para resolver: Cuatro meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Vicerrectorado de Coordinación.

B) Procedimiento: Convocatorias adicionales.

Plazo máximo para resolver: Cuatro meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Estimatorio.

Organo de resolución: Vicerrectorado de Coordinación.

C) Procedimiento: Devolución de precios por servicios académicos universitarios.

Plazo máximo para resolver: Seis meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Vicerrectorado de Asuntos Económicos.

D) Procedimiento: Revisión de la matrícula de Enseñanzas no Regladas.

Plazo máximo para resolver: Seis meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Vicerrectorado de Educación Permanente.

E) Procedimiento: Matrícula de las pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad (estudios extranjeros convalidables).

Plazo máximo para resolver: Tres meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Vicerrectorado de Alumnos y Relaciones Institucionales.

F) Procedimiento: Revisión de calificaciones de las pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad.

Plazo máximo para resolver: Dos meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Rector.

G) Procedimiento: Revisión de la matrícula de Enseñanzas Regladas -pago único-.

Plazo máximo para resolver: Seis meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Decano de Facultad o Director de Escuela.

H) Procedimiento: Revisión de la matrícula del curso de acceso directo -pago único-.

Plazo máximo para resolver: Seis meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Director del curso de acceso directo.

I) Procedimiento: Revisión de la matrícula de Enseñanzas Regladas -pago fraccionado-.

Plazo máximo para resolver: Tres meses desde el abono del segundo plazo.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Decano de Facultad o Director de Escuela.

J) Procedimiento: Revisión de la matrícula del curso de acceso directo -pago fraccionado-.

Plazo máximo para resolver: Tres meses desde el abono del segundo plazo.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Director del curso de acceso directo.

K) Procedimiento: Modificación total o parcial de la matrícula de Enseñanzas Regladas (anulación, ampliación o reducción de asignaturas).

Plazo máximo para resolver: Dos meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Estimatorio.

Organo de resolución: Decano de Facultad o Director de Escuela.

L) Procedimiento: Modificación total o parcial de la matrícula del curso de acceso directo (anulación, ampliación o reducción de asignaturas). Plazo máximo para resolver: Dos meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Estimatorio.

Organo de resolución: Director del curso de acceso directo.

M) Procedimiento: Convalidación de estudios universitarios (por traslado de expediente/simultaneidad). Plazo máximo para resolver: Seis meses desde la entrada de la certificación académica oficial.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Comisión de Convalidaciones de Facultad/Escuela.

N) Procedimiento: Convalidación de estudios universitarios (extranjeros parciales - a instancia de parte). Plazo máximo para resolver: Seis meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: Comisión de Convalidaciones de cada Facultad/Escuela.

Ñ) Procedimiento: Ayudas al estudio propias. Plazo máximo para resolver: Seis meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: La Comisión de Ayudas competente.

O) Procedimiento: Revisión de calificaciones de las pruebas presenciales (Enseñanzas Regladas). Plazo máximo para resolver: Dos meses.

Efecto de la falta de resolución expresa: Desestimatorio.

Organo de resolución: La Comisión de Revisión de Calificaciones del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/10/1994
  • Fecha de publicación: 28/11/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 29/11/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores en el Anexo, por Resolución de 9 de diciembre de 1994 (Ref. BOE-A-1994-27959).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Real Decreto-ley 14/1993, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-1993-21772).
Materias
  • Procedimiento administrativo
  • Universidad Nacional de Educación a Distancia

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