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Documento BOE-A-1994-28199

Ley 12/1994, de 16 de noviembre, por la que se liquidan las deudas cotraídas por la Asociación «Jaca Olímpica».

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 21 de diciembre de 1994, páginas 38276 a 38276 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-1994-28199
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ar/l/1994/11/16/12

TEXTO ORIGINAL

En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 del Estatuto de Autonomía.

Preambulo

Con la finalidad fundamental de promover la candidatura y organizar, en su caso, la celebración de los Juegos Olímpicos de Invierno del año 1998, se constituyó en la ciudad de Jaca una asociación no lucrativa de carácter deportivo-cultural y ámbito nacional denominada «Jaca Olímpica». Dicha constitución tuvo lugar en virtud de escritura pública de fecha 11 de enero de 1988, figurando entre los socios fundadores la Diputación General de Aragón, en representación de la Comunidad Autónoma, en cuyo territorio se comprende la ciudad de Jaca, por su especial apoyo institucional y económico al logro de la finalidad pretendida.

Por la importancia y significación del proyecto para la Comunidad Autónoma de Aragón, se otorgó al mismo el apoyo institucional necesario, así como las aportaciones económicas que permitieron realizar su promoción, desde que, con carácter previo a constituirse la asociación, la Diputación General, mediante acuerdo de 20 de diciembre de 1988, daba carácter formal al compromiso de apoyar la candidatura olímpica, el cual tendría que ser financiado básicamente con fondos públicos, dada la poco significativa aportación del sector privado. Los gastos realizados por la asociación «Jaca Olímpica», en el desarrollo de sus fines estatutarios, fueron sufragados prácticamente en su totalidad con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, de tal manera que entre los ejercicios de 1988 a 1993, se efectuaron aportaciones por un montante total de 1.659.859.309 pesetas, previa comprobación de que los documentos aportados se adecuaban a la finalidad de las subvenciones otorgadas.

Las características de funcionamiento de la asociación, los trámites procedimentales que requieren la dotación y gestión de los créditos presupuestarios, con cargo a los cuales se efectuaron las subvenciones, así como la propia justificación de éstas, hicieron necesario que por la asociación se concertaran una serie de operaciones crediticias con entidades financieras, de acuerdo con las normas estatutarias de su régimen económico, a fin de disponer de la liquidez de tesorería necesaria para su finalidad, de las cuales, una vez amortizadas en su mayor parte con las subvenciones recibidas, quedan pendientes de liquidar créditos por un importe de 189.765.484 pesetas, cuyo pago se asume por la Comunidad Autónoma.

Artículo 1. Asunción de deudas.

La Comunidad Autónoma de Aragón asume la liquidación de las deudas pendientes de liquidar por la asociación «Jaca Olímpica» con distintas entidades financieras, por un importe total de 189.765.484 pesetas, derivadas de los gastos ocasionados por la promoción de la candidatura a los Juegos Olímpicos de Invierno del año 1998.

Artículo 2. Imputación a presupuesto.

El importe total de la deuda asumida se imputará al crédito contenido en la sección 20, servicio 05, programa 011.1, concepto 910 «Cancelación de préstaamos a medio y largo plazo», del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el vigente ejercicio de 1994.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo de la Ley.

Se autoriza al Consejero de Economía y Hacienda para realizar las actuaciones necesarias, en orden a la ejecución de la presente Ley.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Así lo dispongo a los efectos del artículo 9.1 de la Constitución y los correspondientes del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Zaragoza, 16 de noviembre de 1994.

JOSE MARCO BERGES,

Presidente de la Diputación General de Aragón

(Publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» número 142, de 28 de noviembre de 1994)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 16/11/1994
  • Fecha de publicación: 21/12/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 29/11/1994
  • Publicada en el BOA núm. 142, de 28 de noviembre de 1994.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 20 y 21 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20819).
Materias
  • Aragón
  • Asociaciones deportivas
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas

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