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Documento BOE-A-1994-28889

Circular 7/1994, de 22 de diciembre, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se sustituye el texto de la circular 12/1993, modificada por la circular 4/1994, que recoge las instrucciones relativas a la aplicación de las disposiciones sobre estadísticas de los intercambios de bienes entre los Estados miembros de las Comunidades Europeas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 1994, páginas 39262 a 39306 (45 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1994-28889
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1994/12/22/7

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento (CE) número 3330/91, del Consejo, de 7 de noviembre, relativo a las estadísticas de intercambio de bienes entre los Estados miembros, estableció las disposiciones relativas a la implantación del sistema Intrastat, y fue desarrollado, básicamente, por el Reglamento (CEE) número 3046/92.

La adopción de este Reglamento a las disposiciones y circunstancias nacionales obligó a la publicación de la Circular 10/1992, de 15 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 31), del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales sobre estadísticas de intercambio de bienes entre los Estados miembros de la CE, cuyo texto fue actualizado por la Circular 12/1993 («Boletín Oficial del Estado» de 29 de diciembre), modificada por la Circular 4/1994, de 8 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 23).

Los diversos cambios surgidos en el contenido de la citada Circular y la necesidad de actualizar los métodos para la toma y tratamiento de datos estadísticos referentes al Comercio Intracomunitario, sistema Intrastat, aconsejan a este Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales publicar un nuevo texto íntegro que sustituya a la Circular 12/1993, modificada por la Circular 4/1994 hasta ahora vigente.

En consecuencia, dispongo:

Primero.-Se aprueba el texto de la Circular 7/1994, relativa a las estadísticas de los intercambios de bienes entre los Estados miembros de la Comunidad Europea, cuyo contenido se recoge como anexo.

Segundo.-Queda derogada la Circular 12/1993, modificada por la Circular 4/1994.

Tercero.-La presente Circular entra en vigor el 1 de enero de 1995.

Madrid, 22 de diciembre de 1994.-El Director del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, Joaquín Bobillo Fresco.

Ilmos. Sres. Delegados especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Delegados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Sres. Jefes de las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales y Administradores de Aduanas e Impuestos Especiales.

(CIRCULAR OMITIDA)

ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 22/12/1994
  • Fecha de publicación: 30/12/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1995
  • Fecha de derogación: 01/01/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Comunidades Europeas
  • Estadística
  • Intercambios intracomunitarios

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