Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-10321

Resolución de 28 de marzo de 1995, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo, en grado de casación, sobre sanción por construcción de una presa de tierra en el cauce del arroyo La Pontezuela, en el término municipal de Los Navalmorales (Toledo).

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 27 de abril de 1995, páginas 12508 a 12509 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-10321

TEXTO ORIGINAL

En el recurso de casación número 4.864/1993, interpuesto ante el Tribunal Supremo por don Atanasio Gómez Fernández, contra el auto dictado por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Madrid, de 21 de octubre de 1992, desestimatorio del recurso de súplica deducido contra el auto de 8 de abril de 1992, denegatorio de suspensión de ejecución de las resoluciones de 1 de marzo y de 7 de mayo de 1991, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, impugnados en el recurso contencioso-administrativo número 2.101/1991, se ha dictado sentencia con fecha 22 de septiembre de 1994, cuya parte dispositiva literalmente dice:

«Fallamos: Que ha lugar al actual recurso de casación mantenido por don Atanasio Gómez Fernández, representado por la Procuradora señora Lozano Montalvo, frente a la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía, contra los autos dictados por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Comunidad Autónoma de Madrid, en la pieza separada de suspensión de la ejecución derivada del recurso contencioso-administrativo número 2.101/1991, a que la presente casación se refiere, revocando dichos autos, declarando en su lugar que procede la suspensión de la ejecución de las resoluciones que el señor Gómez Fernández trata de recurrir en el mentado proceso principal. Todo ello sin hacer una expresa declaración de condena en costas respecto de las derivadas de la instancia, habiendo de satisfacer cada parte las suyas respecto de las de este recurso de casación.»

Esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. E. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 28 de marzo de 1995.-El Subsecretario, Antonio Llardén Carratalá.

Excmo. Sr. Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid