Visto el texto de Protocolo de Adhesión del Sindicato Solidaridad de Trabajadores Vascos (ELA/STV) al Acuerdo Administración-Sindicatos sobre la Ordenación de la Negociación de los Convenios Colectivos de la Administración del Estado de 7 de febrero de 1995, que fue suscrito con fecha 22 de marzo de 1995, de una parte por el Secretario General de la Federación de Servicios Públicos del citado Sindicato, y de otra por el Director general de la Función Pública, en representación de la Administración General del Estado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:
Primero.-Ordenar la inscripción del citado Protocolo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de abril de 1995.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
PROTOCOLO DE ADHESION DEL SINDICATO SOLIDARIDAD DE TRABAJADORES VASCOS (ELA/STV) AL ACUERDO ADMINISTRACION-SINDICATOS SOBRE LA ORDENACION DE LA NEGOCIACION DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO DE 7 DE FEBRERO DE 1995
Firmado el Acuerdo Administración-Sindicatos para la Ordenación de la Negociación de los Convenios Colectivos de la Administración del Estado de 7 de febrero de 1995, la representación de la Administración y de ELA/STV como sindicato más representativo, a nivel de Comunidad Autónoma, acuerdan suscribir el siguiente Protocolo de adhesión:
1. El sindicato ELA/STV se adhiere en su totalidad a lo dispuesto en el Acuerdo Administración-Sindicatos sobre la Ordenación de la Negociación de los Convenios Colectivos en la Administración del Estado de 7 de febrero de 1995.
2. Este acta de adhesión se trasladará al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para su registro y depósito en la Oficina Pública de Registro correspondiente, con los mismos efectos derivados del Acuerdo Administración-Sindicatos sobre la Ordenación de la Negociación de los Convenios Colectivos de la Administración del Estado de 7 de febrero de 1995.
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