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Documento BOE-A-1995-14197

Resolución de 11 de mayo de 1995, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo sobre concesión de transporte de viajeros por carretera entre Teruel y Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 1995, páginas 17451 a 17451 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-14197

TEXTO ORIGINAL

En el recurso de casación número 1.582/94, interpuesto ante el Tribunal Supremo por el Abogado del Estado, en nombre y representación de la Administración General del Estado, contra el auto de la Audiencia Nacional, de fecha 23 de noviembre de 1993, dictado en el recurso contencioso-administrativo número 22.800, interpuesto por don Serafín Nolasco Vicente, por el que se desestima el recurso de súplica interpuesto por la parte recurrente contra otro, de fecha 14 de abril de 1993, en incidente de ejecución de sentencia y por el que se revoca la resolución de la Dirección General de Transportes, de 15 de marzo de 1990, en cuanto impide el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, de 23 de marzo de 1984, que estimaba el recurso contencioso-administrativo número 22.800 interpuesto contra resoluciones de 21 de abril y 2 de noviembre de 1981, sobre concesión de transporte de viajeros por carretera entre Teruel y Valencia; se ha dictado sentencia, en fecha 24 de noviembre de 1994, cuya parte dispositiva literalmente, dice:

«Fallamos: Que no ha lugar al actual recurso de casación mantenido por la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía, frente a doña Teresa Vicente Salesa, doña María del Carmen, don Manuel, don Serafín Nolasco Vicente, representados por el Procurador señor García San Miguel y Orueta, contra el auto de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha 23 de noviembre de 1993, dictado en ejecución de sentencia, en el recurso contencioso-administrativo número 22.800, a que la presente casación se refiere, manteniendo en todas sus partes dicha resolución recurrida. Todo ello con imposición de las costas a la Administración recurrente.»

Esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 11 de mayo de 1995.-El Subsecretario, Antonio Llardén Carratalá.

Ilmo. Sr. Director general del Transporte Terrestre.

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