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Documento BOE-A-1995-15599

Resolución de 21 de junio de 1995, de la Dirección General de Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Analistas de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 28 de junio de 1995, páginas 19464 a 19471 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1995-15599

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 700/1995, de 28 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 29), por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1995, y con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración de la Seguridad Social,

Esta Dirección General de Servicios, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 1.º, a), del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 5 de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Analistas de Informática de la Administración de la Seguridad Social, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 15 plazas de la Escala de Analistas de Informática de la Administración de la Seguridad Social, de acuerdo con la siguiente distribución:

1.1.1 El número de vacantes reservadas al sistema de promoción interna es de siete plazas.

1.1.2 El número de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre es de ocho plazas.

1.1.3 Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los dos sistemas.

1.1.4 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

1.2 La adjudicación de las plazas, tras la superación del proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por los aspirantes, según la petición de destino a la vista de los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan y teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.3.

No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

1.3 Los aspirantes que accedan por el sistema de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los provenientes del sistema de acceso libre para cubrir los puestos de trabajo vacantes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una fase de oposición y otra consistente en un período de prácticas.

1.5 El proceso selectivo estará formado por las fases, ejercicios y valoraciones que se especifican en el anexo I de esta Resolución, desarrollándose con arreglo al siguiente calendario:

1.5.1 Fase de oposición: Para acceder por promoción interna y por el sistema general de acceso libre, el primer ejercicio comenzará a partir de la primera quincena del mes de septiembre de 1995, determinándose en la Resolución que se indica en la base 4.1 los lugares y las fechas de su realización.

La duración máxima de celebración de la fase de oposición será de seis meses a contar desde la fecha de celebración de la fase escrita del primer ejercicio.

1.5.2 Período de prácticas, que se realizará a continuación de la fase de oposición para aquellos aspirantes que hayan superado la misma.

1.6 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II.

1.7 En el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerá las adaptaciones posibles de tiempo y medios de realización para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma establecida en la base 3.2.4.

1.8 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y las bases de la convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales que posean nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria, en los términos establecidos en el Real Decreto 182/1993, de 20 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 23).

2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el sistema de promoción interna deberán figurar el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», como personal de las administraciones u organismos señalados en el artículo 1.1 de la Ley 30/1984, pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, tener una antigüedad de al menos dos años de servicios efectivos en dicho Cuerpo o Escala, y reunir los demás requisitos exigidos en esta convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B serán computables a efectos de antigüedad para participar por el sistema de promoción interna.

2.4 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Solicitudes

3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial editado por el Ministerio para las Administraciones Públicas, será facilitada gratuitamente en los Gobiernos Civiles de cada provincia, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, y en las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Social de la Marina, así como en las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

3.2 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en cuenta:

3.2.1 En el apartado 1. Cuerpo o Escala se hará constar «Escala de Analistas de Informática de la Administración de la Seguridad Social», y en el recuadro correspondiente a código figurará «1630».

3.2.2 En el apartado 3. Forma de acceso, los aspirantes que participen por el sistema de acceso libre señalarán la letra «L». Los que participen por promoción del Estado señalarán la letra «R», y los que participen por promoción de la Seguridad Social señalarán la letra «S».

3.2.3 En el recuadro de la solicitud destinado a «Provincia de examen» los aspirantes, tanto por el sistema de promoción interna como por el sistema de acceso libre, que concurran a la celebración de estas pruebas, harán constar «Madrid».

3.2.4 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la misma. Igualmente, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número 9, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.2.5 Los aspirantes que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 2 pertenezcan a la Escala de Programadores de Informática y al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social harán constar necesariamente en el epígrafe de «Datos a consignar según las bases de la convocatoria» (recuadro A), la expresión «Exentos del tercer ejercicio de los temas de Seguridad Social comprendidos en el apartado VII del temario del anexo II».

3.2.6 Las solicitudes se dirigirán debidamente cumplimentadas al Director general de Servicios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

3.3 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas para todos los aspirantes y se ingresarán en la cuenta corriente número 30-51630-J, «Pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Analistas de Informática de la Administración de la Seguridad Social», en cualquiera de las oficinas del grupo Banco Exterior.

Junto a la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de los derechos. En el supuesto de que el ingreso se haya realizado en una oficina del Banco Exterior, deberá figurar en la solicitud el sello de esta entidad que justifique el referido pago. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la mera presentación y pago en el grupo Banco Exterior supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud con arreglo a lo dispuesto en las bases 3.4 y 3.5.

3.4 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1) podrá hacerse en el Registro General de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt, 4, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes suscritas por los españoles residentes en el extranjero deberán cursarse en el plazo expresado en la base 3.5, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes que las remitirán al Ministerio de Asuntos Exteriores (Subdirección General de Personal) para su entrega posterior, por dicho departamento al organismo competente. El interesado adjuntará a la solicitud el comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.5 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.6 A la solicitud se acompañarán cosidas dos fotocopias del documento nacional de identidad.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes.

3.9 Los aspirantes por el sistema de promoción interna deberán presentar unida a su solicitud certificación expedida en el modelo que se adjunta como anexo V a esta convocatoria por lo servicios de personal de los Ministerios, organismos o entidades gestoras de la Seguridad Social donde hayan prestado y presten sus servicios, en la que entre otros extremos se contenga mención expresa de los años de servicio prestados en alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el Director general de Servicios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios.

Dicha lista de admitidos deberá ser expuesta, en todo caso, en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas, en los Gobiernos Civiles y Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

En la lista deberán constar los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, así como, en su caso, las causas de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si se hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3 La autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido tal condición.

5.4 El Tribunal se constituirá en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio, con asistencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

5.5 A partir de su constitución el Tribunal para actuar válidamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

5.6 Dentro de la fase de oposición el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 Con independencia del personal colaborador el Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos en sesión pública por los opositores, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

Los modelos de impresos para ejercicios escritos serán los aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

5.9 El Tribunal adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.2.4, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

A tal efecto el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales.

Si en la realización de los ejercicios se suscitaran dudas al Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del Cuerpo, podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

5.10 A efectos de comunicación y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Planificación y Ordenación de los Recursos Humanos de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt, 4, despacho 605, 28071 Madrid.

5.11 Conforme a lo establecido en el artículo 33.2 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, el Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «O», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 16 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 19), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 11 de mayo de 1995.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado la anterior, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de ésta, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas si se trata de uno nuevo.

No obstante, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Director general de Servicios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión o las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición el Tribunal hará públicas en los lugares señalados en la base 6.4, las listas de aspirantes que han superado cada ejercicio por cada uno de los sistemas de acceso, con indicación del documento nacional de identidad y por orden de la puntuación alcanzada. Los opositores que no se hallen incluidos en tales listas tendrán la consideración de no aptos.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal publicará en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estime oportuno, las relaciones de aspirantes aprobados por cada sistema de acceso, por orden de puntuación alcanzada y con indicación de su documento nacional de identidad.

Asimismo, el Tribunal elevará al Director general de Servicios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la relación definitiva de aspirantes aprobados según el sistema de acceso por orden de puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total.

7.3 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado la fase de oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales, contados desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas definitivas de aprobados, los aspirantes seleccionados deberán presentar en la Subdirección General señalada en la base 5.10 los siguientes documentos:

a) Original y fotocopia para compulsar, o fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.

c) Los opositores aprobados por el sistema de promoción interna deberán acreditar, mediante certificación expedida por sus correspondientes departamentos de personal que reúnen los requisitos establecidos en la base 2.3.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para acreditar tal condición.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios

9.1 Por resolución de la autoridad convocante se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas y en ella se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados, a propuesta del Director general de Servicios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, funcionarios de carrera mediante Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado.

9.2 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

9.3 Las Administraciones Públicas, a través del INAP y en colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios competentes, velarán por la formación de los aspirantes seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las Comunidades Autónomas en las que tengan destino.

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 21 de junio de 1995.-El Director general, Enrique Heras Poza.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Oposición.

b) Período de prácticas.

Fase de oposición.-La fase de oposición constará de los ejercicios que a continuación se indican, siendo todos ellos de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en resolver por escrito un cuestionario de preguntas de respuestas múltiples sobre sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, relacionado con las materias que figuran en el anexo II. La duración de esta prueba no será superior a dos horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito, en el tiempo máximo de dos horas, de la traducción y comentarios, con ayuda de diccionario, de un texto técnico redactado en inglés, sobre materias de sistemas de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en el tiempo máximo de tres horas, dos temas elegidos por el opositor entre cuatro extraídos al azar entre los que figuran en el apartado VII del temario del anexo II.

Los aspirantes por el sistema de promoción interna que pertenezcan a la Escala de Pogramadores de Informática y del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, estarán exentos del temario del título «Seguridad Social» del apartado VII del anexo II.

Cuarto ejercicio: Consistirá en la elaboración en el tiempo máximo de cinco horas, de un informe-propuesta de diseño sobre un sistema de información, siguiendo las pautas que indique el Tribunal. Este ejercicio será leído por el aspirante ante el Tribunal en sesión pública.

Período de prácticas.-El período de prácticas tendrá una duración no superior a tres meses y se desarrollará en dos fases. La primera, cuya duración no superará los dos meses, será de carácter general y la segunda tratará únicamente sobre materias informáticas y se realizará en la Gerencia de Informática de la Seguridad Social.

El comienzo del mismo tendrá lugar dentro de los dos meses siguientes a la finalización de la fase de oposición.

Los funcionarios en prácticas percibirán sus retribuciones con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, salvo que, siendo funcionarios, opten por las del Cuerpo de que proceden.

Durante el período de prácticas, la Dirección General de Servicios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ofrecerá a los aspirantes los puestos de trabajo vacantes, cuya cobertura se considere conveniente en atención a las necesidades de los servicios.

2. Valoración

Fase de oposición.-Los ejercicios primero, tercero y cuarto de la fase de oposición serán valorados de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos. El segundo ejercicio se valorará como «apto» o «no apto» siendo necesario obtener la calificación de «apto» para superarlo.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Los ejercicios de la fase de oposición correspondientes al sistema de promoción interna se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente.

En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el cuarto ejercicio. Si persistiere el empate a puntos, éste se dirimirá finalmente atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

Período de prácticas.-Al finalizar el período de prácticas los aspirantes serán evaluados por el Director general de Servicios u órgano correspondiente de la Administración en base a los informes emitidos por los responsables de las unidades en las que se realicen las citadas prácticas, calificándose de «aptos» o «no aptos», siendo necesario obtener la calificación de «apto» para superarlo.

Quienes no superasen el período de prácticas perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada del Director general de Servicios.

Quienes no pudieran realizar el período de prácticas por cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

ANEXO II

I. Los sistemas de información y organización

Tema 1. Definición y estructura de los sistemas de información.

Tema 2. La información en las organizaciones. Las organizaciones basadas en la información.

Tema 3. Las etapas de información de las organizaciones. El modelo de Nolan.

Tema 4. La comunicación en las organizaciones complejas.

Tema 5. El papel del directivo de sistemas y tecnologías de la información en la Administración.

Tema 6. Organización y funcionamiento de un centro de sistemas de información.

Tema 7. La problemática de la dirección de proyectos de sistemas y tecnologías de la información.

Tema 8. Técnicas de control de proyectos.

Tema 9. La seguridad informática.

Tema 10. Análisis de riesgos y planes de contingencia.

Tema 11. La seguridad en comunicaciones y redes de ordenadores.

Tema 12. La auditoría informática.

Tema 13. La planificación de la capacidad de los sistemas informáticos.

Tema 14. La teoría de decisión multicriterio discreto como modelo de referencia metodológico para la selección de bienes y servicios. El método de la ponderación lineal.

Tema 15. Alternativas básicas de decisión en el campo del material y el logical.

Tema 16. Organos de elaboración y desarrollo de la política informática del Gobierno.

Tema 17. La protección jurídica de los programas de ordenar.

II. Tecnología básica

Tema 1. Estructuras analógicas y digitales.

Tema 2. Sistemas de transmisión. Conceptos de medio, receptor, perturbación, distorsión y ruido.

Tema 3. Técnicas de transmisión: Modulación, multiplexación. Técnicas de conmutación: De circuitos, paquetes y mensajes.

Tema 4. Funcionamiento y elementos de un sistema informático. Los subsistemas físico y lógico.

Tema 5. La unidad central de proceso.

Tema 6. El subsistema de entrada y salida.

Tema 7. La periferia de un sistema informático.

Tema 8. Dispositivos de almacenamiento de la información.

Tema 9. Procedimiento para mejorar las prestaciones de un ordenador: Procesamiento paralelo, memorias virtual y caché, procesadores RISC.

Tema 10. Tipos de sistemas de información multiusuario. Sistemas grandes, medios y pequeños, servidores de datos y aplicaciones.

Tema 11. Tendencias actuales en las arquitecturas informáticas. El proceso cooperativo y la arquitectura cliente-servidor.

Tema 12. La jerarquía de niveles del subsistema lógico.

Tema 13. Concepto, evolución y tendencias de los sistemas operativos.

Tema 14. El sistema operativo Unix.

Tema 15. Los sistemas operativos y el soporte lógico de base o intermedio de los sistemas grandes.

Tema 16. Los sistemas de gestión de base de datos (SGBD). El modelo de referencia de ANSI.

Tema 17. El modelo relacional. Las reglas de Codd y la normalización. Operadores básicos del álgebra relacional.

Tema 18. Elementos básicos de SQL.

Tema 19. Evolución histórica de los sistemas de gestión de base de datos.

Tema 20. Nuevas tendencias de los SGBD: Bases de datos distribuidas, orientadas a objetos y deductivas.

Tema 21. Los diccionarios de recursos de información.

Tema 22. Inteligencia artificial. La orientación heurística.

Tema 23. Inteligencia artificial. La orientación lógica.

Tema 24. Técnicas de representación del conocimiento y nuevas tendencias.

Tema 25. Los sistemas expertos. Lenguajes y metodologías de construcción.

III. Ingeniería de los sistemas de información

Tema 1. Planificación estratégica de sistemas de información y comunicaciones.

Tema 2. El plan de sistemas de información.

Tema 3. El análisis de requisitos de los sistemas de información y comunicaciones.

Tema 4. Metodologías de desarrollo de sistemas. Orientación a procesos y orientación a datos.

Tema 5. Análisis de sistemas de información. El modelo entidad-relación. Entidades y superentidades.

Tema 6. El análisis estructurado. Diccionarios de datos, diagramas de flujo de datos, análisis esencial.

Tema 7. El análisis orientado a objetos. Objetos, clases, herencia, métodos.

Tema 8. Técnicas de análisis y diseño de sistemas transaccionales.

Tema 9. El diseño estructurado.

Tema 10. El diseño orientado a objetos.

Tema 11. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas.

Tema 12. La metodología métrica 2 del Consejo Superior de Informática.

Tema 13. Métricas y evaluación de la calidad del soporte lógico.

Tema 14. La estimación de recursos y esfuerzo en el desarrollo de sistemas de información.

Tema 15. El programa Eurométodo de la Comisión Europea.

Tema 16. La migración de aplicaciones en el marco de procesos de ajuste dimensional.

Tema 17. Reingeniería de sistemas de información e ingeniería inversa.

IV. Sistemas abiertos

Tema 1. Elementos conceptuales y arquitectura de sistemas abiertos.

Tema 2. Sistemas abiertos y normalización de facto.

Tema 3. La normalización en el sector de las tecnologías de la información.

Tema 4. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) del ISO.

Tema 5. Política comunitaria de sistemas abiertos. Estrategias de las Administraciones Públicas.

Tema 6. La política comunitaria de normalización. La Decisión 87/1995, del Consejo de las Comunidades Europeas.

Tema 7. El Manual Europeo de Compras de Sistemas Abiertos (EPHOS).

V. Ofimática e informática documental

Tema 1. Los ordenadores personales. Arquitectura y sistemas operativos.

Tema 2. Herramientas de informática personal.

Tema 3. El ordenador personal en el marco de la informática corporativa.

Tema 4. El soporte lógico para el trabajo en grupo. Productos principales.

Tema 5. El tratamiento de imágenes y el proceso electrónico de documentos.

Tema 6. Reconocimiento óptico de caracteres y reconocimiento de voz.

Tema 7. Tecnologías de almacenamiento óptico.

Tema 8. Las bases de datos documentales. Ejemplos principales.

Tema 9. Los servicios de información electrónica. Política y acciones de la Comunidad Europea en este sector.

Tema 10. Sistemas de recuperación de la información.

Tema 11. El hipertexto.

VI. Comunicaciones y redes

Tema 1. Medios de transmisión y modos de comunicación.

Tema 2. Equipos terminales y de comunicaciones.

Tema 3. Redes de área local.

Tema 4. Redes de área extensa.

Tema 5. Las redes públicas de transmisión de datos: Iberpac, Ibermic, RDSI.

Tema 6. Equipos de interconexión de redes: Repetidores, bridges, routers y gateways.

Tema 7. Protocolos de red. El modelo X25.

Tema 8. Protocolos de transporte: Tipos y funcionamiento.

Tema 9. Protocolos de nivel aplicación. Terminal virtual. FTAM.

Tema 10. Los servicios de valor añadido según la Ley Orgánica de las Telecomunicaciones.

Tema 11. Servicios transaccionales y basados en el videotex.

Tema 12. El correo electrónico. Servicios de directorio.

Tema 13. El intercambio electrónico de datos (EDI).

Tema 14. Servicios avanzados de telecomunicaciones: Videoconferencia, audioconferencia, radiomensajería, sistemas «trunking», telefonía móvil automática, GSM, etc.

Tema 15. Sistemas de cableado.

Tema 16. Planificación de redes.

Tema 17. Gestión de redes.

VII. Materias jurídicas

Derecho Administrativo

Tema 1. La Administración Pública. Derecho Administrativo. Fuentes del Derecho Administrativo. Leyes orgánicas y ordinarias. Disposiciones del poder ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos Legislativos.

Tema 2. El Reglamento administrativo: Concepto y caracteres. Fundamento de la potestad reglamentaria. Clases de Reglamentos. Límites de la potestad reglamentaria. La defensa contra los Reglamentos ilegales. Los Decretos y las Ordenes ministeriales. Las instrucciones de servicio y las circulares administrativas.

Tema 3. Potestad reglada y potestad discrecional. Actos administrativos: Concepto, clases y elementos. Ejecutoriedad y suspensión del acto administrativo. La invalidez del acto administrativo. Nulidad y anulabilidad. Revocación del acto administrativo.

Tema 4. El procedimiento administrativo como garantía jurídica. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992. Ambito de aplicación. Interesados en el procedimiento administrativo. Los actos administrativos. Requisitos, eficacia y validez. Actos presuntos. Términos y plazos. Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución del procedimiento administrativo.

Tema 5. Revisión de actos administrativos. Revisión de oficio. Los recursos administrativos: Principios generales y clasificación. Procedimiento especial. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. Potestad sancionadora. La responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

Tema 6. Lo contencioso-administrativo en la doctrina. Organización actual en España. Trámites previos a la interposición del recurso contencioso-administrativo. Legitimación para recurrir. Representación. La interposición por la Administración de recursos contra sus propios actos. Declaración de lesividad. La materia contencioso-administrativa. Idea general del procedimiento en primera y única instancia. Recursos contra providencias, autos, sentencias. Ejecución de sentencias. Suspensión e inejecución de sentencias.

Tema 7. Los contratos administrativos: Su naturaleza jurídica. Clases, elementos, eficacia, perfección, interpretación, nulidad, rescisión, extinción, caducidad y prescripción. Riesgo y ventura y fuerza mayor. Revisiones y modificaciones de precios.

Tema 8. La función pública. Naturaleza de la relación funcional. Clases de funcionarios. Adquisición y pérdida de la condición funcionarial. Situaciones. Promoción interna.

Tema 9. Derechos y deberes de los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social. Exposición general de los Cuerpos existentes y sus funciones. Homologación del régimen de personal de la Seguridad Social con el de la Administración Civil del Estado.

Tema 10. La protección y confidencialidad de datos. Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal: Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Ficheros de titularidad pública y de titularidad privada. La agencia de protección de datos. Infracciones y sanciones.

Derecho del Trabajo

Tema 11. El Derecho del Trabajo. Concepto, fines y contenidos. El trabajo como objeto del Derecho del Trabajo. Las fuentes del Derecho del Trabajo.

Tema 12. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza jurídica. Objeto y causa del contrato. Los sujetos del contrato de trabajo. El trabajador. El contrato directivo. Trabajadores autónomos. El trabajo de los extranjeros. El empresario. Las potestades del empresario. El Estado y otros entes públicos como empresarios.

Tema 13. Nacimiento del contrato de trabajo. El consentimiento y sus vicios. Simulación. La forma de la contratación. Efectos. Modalidades del contrato de trabajo. Trabajo en común y trabajo en grupo. Sus especialidades y régimen jurídico. Prestación de mano de obra.

Tema 14. Los procesos de trabajo en España. Organos de la jurisdicción del orden social: Jurisdiccional. Sistemas no jurisdiccionales de solución de conflictos de trabajo: La mediación y el arbitraje.

Seguridad Social

Tema 15. Protección social y Seguridad Social. Terminología y conceptos doctrinales. Las necesidades sociales amparadas por la Seguridad Social. Concepto y caracteres. Clases, extensión y límites de la necesidad social. Las medidas de Seguridad Social. Principios y evolución.

Tema 16. La Seguridad Social en los grandes textos internacionales: La Carta del Atlántico. La Declaración de Filadelfia. La norma mínima de Seguridad Social de la OIT (Convenio 102). La Declaración Universal de los Derechos del Hombre. La Carta Social Europea y el Código Europeo de Seguridad Social. Las tendencias políticas y perspectivas de la Seguridad Social. Tema 17. La Seguridad Social en España. La Ley de Bases de la Seguridad Social y sus textos articulados. La Ley de Financiación y Perfeccionamiento de la Acción Protectora del Régimen General de la Seguridad Social. El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. El Real Decreto Legislativo 1/1994.

Tema 18. Ambito subjetivo de aplicación del sistema. Extensión y caracteres. Ambito subjetivo de aplicación del régimen general. Regla general, inclusiones y exclusiones. Extranjeros. Españoles no residentes en territorio nacional. Modalidades de sistemas especiales del régimen general.

Tema 19. Normas de afiliación. Altas y bajas en el régimen general. Procedimiento y efectos. El convenio especial y otras situaciones asimiladas a la del alta. Encuadramiento e inscripción.

Tema 20. Acción protectora: Clasificación, contenido y caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades. Prescripción. Caducidad. Contingencias y situaciones protegidas. El concepto de accidente de trabajo y de enfermedad profesional.

Tema 21. Requisitos generales del derecho a las prestaciones. Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización. Automaticidad y anticipo de prestaciones. Recargo en la cuantía de las prestaciones en los casos de faltas empresariales de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

Tema 22. La protección por incapacidad laboral transitoria: Nacimiento, duración y extinción. Cuantía. La protección por maternidad. Particularidades del accidente de trabajo y enfermedades profesionales.

Tema 23. La protección por invalidez. Clases y grados de invalidez. Nacimiento, duración, extinción y cuantía. Lesiones permanentes no invalidantes. La calificación y revisión de la invalidez. Las prestaciones recuperadoras.

Tema 24. La protección por jubilación. Hecho causante. Cuantía de la prestación. Incompatibilidad con el trabajo, suspensión y extinción de la pensión de jubilación. Fórmulas de jubilación anticipada y de prejubilación.

Tema 25. La protección por muerte y supervivencia: Hecho causante. Requisitos para las pensiones de viudedad, de orfandad y en favor de familiares. Compatibilidad. Extinción. El auxilio por defunción. Normas específicas para los casos de accidente de trabajo y enfermedades profesionales.

Tema 26. La protección a la familia. Normativa vigente. Beneficiarios de las prestaciones. Requisitos y cuantías de las prestaciones. Protección en supuestos especiales: Especial consideración de las prestaciones por hijos a cargo. La separación y el divorcio y sus repercusiones en la protección de la Seguridad Social.

Tema 27. La protección por desempleo. Concepto y clases. Prestaciones del nivel contributivo: Requisitos, cuantía, duración, suspensión y extinción. Reapertura del derecho. Prestaciones del nivel asistencial. El subsidio por desempleo: Requisitos, cuantía, duración, suspensión y extinción.

Tema 28. La asistencia social y servicios sociales. La asistencia social de la Seguridad Social: Concepto y contenido. Los servicios sociales de la Seguridad Social. Formas de la acción protectora de la tercera edad. Las pensiones no contributivas.

Tema 29. La protección de la minusvalía: Reconocimiento, declaración y calificación de la condición de minusválido. Prestaciones. Rehabilitación médica, profesional y social. Empleo de trabajadores minusválidos. Otros servicios sociales.

Tema 30. Régimen financiero. Fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social. Sistemas financieros. Inversiones, fondos y reservas. Especialidades en la financiación del desempleo y de la asistencia sanitaria que se presta a través del Instituto Nacional de la Salud.

Tema 31. Cotización. Concepto de cuota y su naturaleza jurídica. La base de cotización, partes integrantes y fundamento de la existencia de topes máximos y mínimos. El tipo de cotización y el problema de su distribución. Sujetos obligados y sujetos responsables de la cotización. Los sistemas especiales de cotización y su justificación.

Tema 32. La normativa vigente en materia de cotización. La cotización en el régimen general. La cotización en los regímenes especiales: Agrario, autónomos, empleados de hogar, trabajadores del mar. Coeficientes aplicables en determinados supuestos. Cotización en supuestos especiales. Asistencia sanitaria a colectivos ajenos y en contratos a tiempo parcial. La cotización para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Tema 33. Reglamento general de recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social. Período voluntario. Aplazamientos y fraccionamientos. La recaudación en vía ejecutiva. Títulos ejecutivos. Embargo y subasta de bienes. Competencias en esta materia.

Tema 34. Los regímenes especiales del sistema de la Seguridad Social. Razones que motivan su existencia. Contenido actual de su acción protectora en relación con el régimen general. La reducción de la edad legal de jubilación. Los coeficientes reductores y regímenes especiales en los que están establecidos.

Tema 35. Los regímenes especiales externos al sistema institucional de la Seguridad Social. La Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. La Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, de la Administración Local y de la Administración de Justicia.

Tema 36. Las garantías de los administrados en el ámbito de la Seguridad Social; en el procedimiento de afiliación, altas y bajas; en materia de recaudación; en materia de acción protectora. Infracciones y sanciones en materia de Seguridad Social. Procedimientos administrativos especiales.

Organización

Tema 37. Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social. Antecedentes. Reforma de 1978. Instituto Nacional de la Seguridad Social. Instituto Nacional de la Salud. Instituto Social de la Marina. La colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Organos de tutela de la Seguridad Social.

Tema 38. Servicios comunes de la Seguridad Social. Enumeración y carácter jurídico. La Tesorería General de la Seguridad Social: Creación, funciones y competencias. La Gerencia Informática de la Seguridad Social: Creación, funciones y competencias.

Tema 39. Régimen jurídico de los funcionarios de la Seguridad Social. Incidencias de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública. El Real Decreto 2664/1986, de homologación del Régimen de Personal de la Seguridad Social con la Administración Civil del Estado. Régimen jurídico del personal de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

Tema 40. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Organos de dirección, vigilancia, y tutela de la Seguridad Social. La Inspección del Trabajo y Seguridad Social. Los controladores laborales.

ANEXO III

Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo , que no ha sido separado del servicio en ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En a de de 19

ANEXO IV

Tribunal

Titulares:

Presidente: Don Fernando Bezares Pertica, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información.

Vocales: Don Jorge Rincón Mirón, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información; don Andrés Elhazar Molina, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado; doña Carolina Yagüe Galaup, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información; don Jerónimo Tara García, Cuerpo Técnico de la Administración de la Seguridad Social, y don Antonio Cabrales López, Cuerpo de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social.

Secretario: Don Francisco Javier Santamaría Zapata, Cuerpo Técnico de la Administración de la Seguridad Social.

Suplentes:

Presidente: Don Juan Carlos Carpio Garrido, Escala de Analistas de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales: Doña Ana de la Fuente Somalo, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información; don Francisco Javier Martínez Abad, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información; don Tomás Martín Rodrigo, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información; don Javier Fernández Fernández, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información, y doña Isabel Cervantes Flores, Escala de Analistas de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Secretario: Don Julio Vázquez Castaño, Escala Técnica, a extinguir, de la Administración de la Seguridad Social.

(ANEXO V OMITIDO)

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