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Documento BOE-A-1995-16200

Resolución de 8 de junio de 1995, de la Dirección General de Administración Penitenciaria, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, dictada en el recurso número 02/0003165/1992, interpuesto por don José Celestino Muñiz Menéndez y don Luis Miguel Nicolás Alvarez.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 1995, páginas 20356 a 20357 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-16200

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, el recurso número 02/0003165/1992, interpuesto por don José Celestino Muñiz Menéndez y don Luis Miguel Nicolás Alvarez, contra las Resoluciones de 24 de julio de 1992 y 19 de mayo de 1992, respectivamente, del Subdirector general de Personal dictadas por delegación del Secretario general de Asuntos Penitenciarios, por las que desestimaba su petición de que les fuera reconocido el tiempo de servicio prestado a efectos de consolidación de grado personal, así como contra la desestimación tácita de los recursos de reposición interpuestos contra aquéllas, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, ha dictado sentencia de 17 de enero de 1995, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Primero.- Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Celestino Muñiz Menéndez y don Luis Miguel Nicolás Alvarez, contra dos Resoluciones de la Secretaría General de Asuntos Penitenciarios de 24 de julio y 19 de mayo de 1992, respectivamente, por las que se desestimaban sendas peticiones sobre reconocimiento de consolidación de grado personal, y contra la desestimación tácita de los recursos de reposición deducidos contra aquéllas, siendo posteriormente expreso el de don José Luis Muñiz Menéndez mediante resolución del Secretario general de Asuntos Penitenciarios de 20 de de octubre de 1992.

Segundo.-Confirmar los actos recurridos.

Tercero.-No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas.»

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 8 de junio de 1995.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.

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